Resolución 3. RESOL-2018-3-APN-SESS#MSYDS

Fecha de disposición26 Diciembre 2018
Fecha de publicación26 Diciembre 2018
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 3/2018

RESOL-2018-3-APN-SESS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2018

VISTO el EX-2018-64317885-APN-DGDMT#MPYT, la Ley N° 27.430 y su Decreto reglamentario N° 759 del 16 de agosto del 2018,

CONSIDERANDO:

Que a través del Título VI de la Ley N° 27.430 se introdujeron modificaciones en materia de recursos de la seguridad social, entre ellas, a las contribuciones patronales.

Que por medio del artículo 167 y del inciso c) del artículo 173, ambos de la Ley N° 27.430, se sustituyó el artículo 4° del Decreto N° 814 del 20 de junio de 2001 y sus modificatorias, estableciéndose que la aplicación gradual de un monto mínimo no imponible de PESOS DOCE MIL ($12.000) actualizable desde enero de 2019, sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) suministrado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSITICAS Y CENSOS (INDEC), en concepto de remuneración bruta, que los empleadores comprendidos en el mentado decreto detraerán mensualmente, por cada uno de los trabajadores, de la base imponible de las contribuciones patronales.

Que la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN es la encargada de actualizar y publicar el valor correspondiente al referido monto mínimo, en los términos indicados en el primer párrafo del artículo 2° del Decreto N° 759 del 16 de agosto de 2018.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (INDEC) ha brindado los datos necesarios para poder actualizar dicho monto, obrantes en la NO-2018-64597710-APN-DT#INDEC.

Que a fin de brindar mayor claridad sobre el precitado dispositivo de detracción, se considera oportuno indicar el monto a detraer mensualmente de la base imponible para las contribuciones patronales, en los...

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