Resolución 3-E.

Fecha de disposición29 Enero 2018
Fecha de publicación29 Enero 2018
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 3-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 03/01/2018

VISTO el expediente del registro del MINISTERIO DE DEFENSA Nº EX -2017-20010390-APN-DPC#EA, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el VISTO tramita presentación interpuesta por la Agente Civil del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO Romina Julieta VENTRICE, DNI 26.708.026, contra la RESOLUCIÓN N° EX -2017- E 617-APN-MD de fecha 14 de julio de 2017 dictada por este MINISTERIO DE DEFENSA, por la cual se la reencasilló en el Agrupamiento Administrativo, Nivel V, Grado 6, del Escalafón establecido por el Convenio Colectivo Sectorial para el Personal Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad homologado por el Decreto N° 2539/2015.

Que el Decreto N° 2539/15 homologó, a partir del 1° de diciembre de 2015, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA - ex IOSE), concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo de fecha 20 de octubre de 2015.

Que por Resolución N° 1385/15 de este Ministerio de Defensa se estableció el procedimiento, modalidad y plazos tendientes al cumplimiento del reencasillamiento del personal civil que se desempeña dentro de las distintas Fuerzas Armadas.

Que la RESOL-2017-617-APN-MD dispuso el reencasillamiento, a partir del 1° de junio de 2017, del Personal civil Permanente del Ejército Argentino, de conformidad con lo previsto en el Decreto N° 2539/15, y en el caso en particular, se reencasilló a la agente civil VENTRICE, Romina Julieta en el Agrupamiento Administrativo, Nivel V, Grado 6, con fundamento en las cláusulas transitorias de reencasillamiento establecidas en el nuevo Convenio Colectivo Sectorial.

Que el recurso de reconsideración se interpuso en tiempo y forma, atento lo cual resulta formalmente admisible y corresponde \u2013por tanto- imprimirle el tratamiento y trámite...

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