Resolución 3-E.

Fecha de disposición26 Enero 2018
Fecha de publicación26 Enero 2018
SecciónResoluciones

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 3-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2018

VISTO el Expediente N° 286.655/17 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 19.549, N° 24.557, N° 26.773, las Resoluciones S.R.T. N° 735 de fecha 26 de junio de 2008, N° 463 de fecha 11 de mayo de 2009, N° 613 de fecha 01 de noviembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) fue creada por la Ley N° 24.557 como una entidad de carácter autárquico en jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T. Y S.S.), hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.).

Que entre sus funciones se encuentran las de controlar el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad en el trabajo, supervisar y fiscalizar el funcionamiento de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y Empleadores Autoasegurados (E.A.), e imponer las sanciones previstas en la ley arriba citada.

Que el artículo 27 de la misma norma establece en sus apartados 1 y 3 que"1. Los empleadores no incluidos en el régimen de autoseguro deberán afiliarse obligatoriamente a la ART que libremente elijan, y declarar las altas y bajas que se produzcan en su plantel de trabajadores. (\u2026) 3. La afiliación se celebrará en un contrato cuya forma, contenido, y plazo de vigencia determinará la SRT.".

Que, por otro lado, a través de la Resolución S.R.T. N° 463 de fecha 11 de mayo de 2009 se aprobó la Solicitud de Afiliación y el Contrato Tipo de Afiliación.

Que en el Anexo II de dicha resolución -referido al modelo de contrato de afiliación, condiciones...

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