Resolución 3-E.

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Fecha de la disposición27 de Marzo de 2017

Resolución 3-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-03877751-APN-SECVYH#MI del registro de este Ministerio, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92 y sus modificatorias), el Decreto N° 212 de fecha 22 de diciembre 2015, la Resolución N° 122 de fecha 15 de marzo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 122 de fecha 15 de marzo de 2017 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA se creó, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA de esta SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, el PLAN NACIONAL DE VIVIENDA.

Que asimismo, el artículo 3° de la Resolución N° 122/2017 de este Ministerio, aprobó el Reglamento Particular del citado PLAN.

Que la Resolución N° 122/2017 de este Ministerio, prevé en los en los artículos 1.3.2 y 3.2.3.1 del Reglamento Particular del PLAN NACIONAL DE VIVIENDA, que los Montos Máximos Financiables serán establecidos por la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT de este Ministerio y, deberán aplicarse a los Convenios Particulares y a los convenios de acceso a la vivienda mediante asociación público privada, todo en el marco del mencionado PLAN.

Que el artículo 10 de la Resolución N° 122/2017 de este Ministerio, en su parte pertinente dice: "Facúltase al señor Secretario de Vivienda y Hábitat del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA a realizar las modificaciones que resulten necesarias a los Reglamentos Particulares que se aprueban por los artículos 3° y 6° de la presente medida, así como a dictar las normas complementarias que resulten pertinentes y a efectuar las interpretaciones y aclaraciones que devengan necesarias."

Que en consecuencia...

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