Resolución 299/2019

Fecha de publicación30 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA
Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2019

Visto el expediente EX-2019-18873290-APN-DGDOMEN#MHA, y

CONSIDERANDO

Que la resolución 148 del 29 de marzo de 2019 de esta Secretaría de Gobierno de Energía (RESOL-2019-148-APN-SGE#MHA) estableció, para abril y mayo de 2019, una bonificación en el precio del gas del veintisiete por ciento (27%) para los consumos correspondientes a abril de 2019 y del doce por ciento (12%) para los consumos correspondientes a mayo de 2019, en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluido por redes.

Que tal bonificación fue incluida en los cuadros tarifarios emitidos por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría de Gobierno de Energía, conforme a lo dispuesto en el artículo 2° de la aludida resolución.

Que consecuentemente con lo expuesto, los proveedores de gas natural y de propano indiluido por redes deberán incluir en la facturación del volumen de gas entregado que tenga por destino a los usuarios beneficiarios, el precio de gas que contemple las bonificaciones referidas.

Que resulta necesario establecer la metodología para efectivizar el reembolso de la bonificación aludida a los proveedores de gas natural y de propano indiluido por redes, por los volúmenes que sean entregados a las prestadoras de los servicios de distribución y subdistribución.

Que a los efectos de determinar el monto a ser reintegrado, los proveedores de gas natural y propano indiluido por redes deberán brindar la información requerida dentro de los plazos que se establecen en la presente resolución, con carácter de declaración jurada, correspondiente a las entregas a usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluido por redes correspondientes a las inyecciones de abril y mayo de 2019.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud del apartado VIII bis del anexo II al decreto 174 del 2 de marzo de 2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establecer que los proveedores de gas natural y de propano indiluido por redes deberán emitir la facturación del volumen de gas entregado que...

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