Resolución 296/2019

Fecha de publicación09 Diciembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2019

VISTO el Expediente EX-2019-45295513-ANSES-DAFYD#ANSES del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES); las Leyes Nº 13.047 de fecha 28 de septiembre de 1947, Nº 24.714 de fecha 2 de octubre de 1996; la Resolución SSS Nº 71 de fecha 30 de septiembre de 1999, la Resolución Nº RESOL-2019-203-ANSES-ANSES de fecha 9 de agosto de 2019, las Resoluciones CGEP Nº 661 de fecha 6 de agosto de 1996 y Nº 664 de fecha 22 de agosto de 1996; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Administrativo citado en el VISTO, tramita la exclusión del Régimen de Asignaciones Familiares de la institución “TROBBIANI NATALIA MARIEL” (C.U.I.T. 23-24765808-4).

Que la Ley Nº 19.722 instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.

Que la Ley N° 24.714 instituyó “con alcance nacional y obligatorio el régimen de Asignaciones Familiares basado en: a. Un subsistema contributivo fundado en los principios de reparto de aplicación a los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada, cualquiera sea la modalidad de contratación laboral, beneficiarios de la Ley de Riesgos de Trabajo, beneficiarios del Seguro de Desempleo, el que se financiará con los recursos previstos en el art. 5 de la presente ley…”.

Que la Resolución N° RESOL-2019-203-ANSES-ANSES, estableció el Sistema de Cobertura Universal de Niñez y Adolescencia (CUNA) como un procedimiento de control, validación, liquidación y puesta al pago de las Asignaciones en forma directa a través de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, correspondientes a los titulares comprendidos en la Ley N° 24.714, sus complementarias y modificatorias; permitiendo igualar los períodos de liquidación a considerar y la puesta al pago de las Asignaciones.

Que a su vez derogó, entre otras normas, la Resolución D.E.-N N° 292/08 de creación del Sistema Único de Asignaciones Familiares (S.U.A.F.).Que la Ley Nº 13.047 creó el Consejo Gremial de Enseñanza Privada, cuyas atribuciones son: “1) Intervenir en la fiscalización de las relaciones emergentes del contrato de empleo privado en la enseñanza y de la aplicación de la presente Ley; 2) Resolver las cuestiones relativas al sueldo, estabilidad, inamovilidad y condiciones de trabajo del personal, que no están contempladas en el presente estatuto” de conformidad con el artículo 30 del mismo texto legal.

Que la Resolución CGEP N° 661/96 dispuso que el Consejo Gremial de Enseñanza Privada es el...

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