Resolución 292/2022

Fecha de publicación25 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO


Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2022

VISTO el Expediente EX-2020-28904930-APN-DACYGD#AABE, las Leyes Nros. 22.423, 24.146, 23.967 y 27.541, los Decretos Nros. 2.137 de fecha 23 de octubre de 1991, 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, 358 de fecha 22 de mayo de 2017, 1.096 de fecha 4 de diciembre de 2018, 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y 235 de fecha 8 de abril de 2021, la Resolución N° 41 (RESFC-2020-41-APN-AABE#JGM) de fecha 13 de mayo de 2020, sus normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, modificado por su similar N° 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con autarquía económica financiera, con personería jurídica propia y con capacidad para actuar en el ámbito del derecho público y privado.

Que asimismo se dispuso que la Agencia será el Órgano Rector, centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del Estado Nacional, cuando no corresponda a otros organismos estatales.

Que a su vez, a través del Decreto Nº 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, se procedió a reglamentar la actividad de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, estableciendo que detenta, entre otras, las funciones atribuidas a la ex SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA, establecidas en la Ley N° 22.423, su modificatoria y normas complementarias.

Que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como Órgano Rector de la actividad inmobiliaria estatal, tiene a su cargo la ejecución de las políticas, normas y procedimientos que rigen la disposición y administración de bienes inmuebles del Estado Nacional, tal como dispone el artículo 8° del Decreto Nº 1.382/12.

Que en ese sentido, le corresponde proponer las normas y procedimientos respecto de la utilización y disposición de dichos inmuebles a través de la adquisición, enajenación, constitución, transferencia, modificación o extinción de otros derechos reales o personales.

Que actualmente la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO se encuentra administrando la gestión del cobro de cuotas provenientes de las operaciones de ventas de inmuebles del Estado Nacional, efectuadas...

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