Resolución 291-E.

Fecha de disposición10 Julio 2017
Fecha de publicación10 Julio 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

Resolución 291-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-11708134-APN-CME#MP, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 1.165 de fecha 11 de noviembre de 2016 y la Decisión Administrativa N° 362 de fecha 8 de junio de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 362 de fecha 8 de junio de 2017 se designó con carácter transitorio, a partir del 13 de junio de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Doctora Doña Carolina DEBAIS (M.I N° 29.974.827) en el cargo de Coordinadora de Asuntos Contractuales dependiente de la Dirección de Asuntos Administrativos, Contractuales y Empleo Público de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que por el Decreto N° 1.165 de fecha 11 de noviembre de 2016 se facultó a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación transitoria de la mencionada funcionaria.

Que la citada profesional se encuentra actualmente desempeñando el cargo referido en el primer considerando.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 1° del...

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