Resolucion 1429/2007 - Mi

Fecha de disposición25 Julio 2007
Fecha de publicación25 Julio 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31203
Art. 3°

Apruébase como modelo de Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Convocatoria Abierta de Interesados especificada en el artículo 1° de la presente, el texto que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 4°

Apruébase como modelo de CONTRATO DE PROMOCION DE LA AMPLIACION especificada en el artículo 1° de la presente el texto que como ANEXO II forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 5°

Notifíquese al Comité de Administración del FONDO FIDUCIARIO DEL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (CAF).

Art. 6°

Comuníquese, publíquese, dése la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Daniel Cameron.

NOTA: Los anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar Ministerio del Interior BOMBEROS VOLUNTARIOS Resolución 1369/2007

Reconócese a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Rufino de la provincia de Santa Fe, en el marco de la Resolución MJSDH Nº 420/2003, e inscríbese a la misma en el Registro de Entidades de Bomberos Voluntarios y Organizaciones No Gubernamentales.

Bs. As., 21/6/2007

VISTO el Expediente N° 17.473/2006 del registro de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR; la Ley N° 25.054; el Decreto N° 159 del 5 de junio de 2003 y su modificatorio; el Decreto N° 15 del 6 de enero de 2004; el Decreto N° 1067 del 20 de agosto de 2004; el Decreto N° 1697 del 1° de diciembre de 2004;

la Resolución N° 420 del 15 de mayo de 2003 del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, y la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR N° 2034 del 17 de noviembre de 2005, y CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.054 en su artículo 8° establece que la autoridad de aplicación de la norma es la DIRECCION NACIONAL DE DEFENSA CIVIL, o el Organismo que en el futuro la reemplace.

Que el Decreto N° 1067/2004 transfirió la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS a la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, con sus estructuras organizativas y funciones.

Que de acuerdo a las misiones y funciones aprobadas en la estructura organizativa contemplada en el Decreto N° 1697/2004, corresponde a la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL de la SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD, regular y fiscalizar la actividad de bomberos voluntarios en los términos de la Ley N° 25.054 y sus modificatorias.

Que la Ley N° 25.054 en su artículo 9° establece que la autoridad de aplicación de la norma deberá controlar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 7° del mismo cuerpo legal, y las disposiciones que se establezcan a efectos de otorgar, suspender o retirar el reconocimiento de las Entidades de Bomberos Voluntarios.

Que la Resolución del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS N° 420/2003 ha creado el REGISTRO DE ENTIDADES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES de carácter voluntario y de servicio gratuito, que posean personería jurídica a nivel nacional o provincial y tengan por objeto desarrollar actividades relacionadas con la protección civil de la población.

Que el informe producido por la DIRECCION DE CONTROL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y DE COORDINACION DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONGs) dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL, da cuenta de que los antecedentes reunidos en las actuaciones...

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