Resolución 290/2022

Fecha de publicación01 Septiembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS


Ciudad de Buenos Aires, 30/08/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-87806318-APN-DNAPYS#MOP, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 26.221, los Decretos Nros. 304 del 21 de marzo de 2006 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el “Instrumento de Vinculación entre el ESTADO NACIONAL y la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA)”, cuyo modelo como Anexo ha sido aprobado por la Resolución N° 170 del 23 de febrero de 2010 del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y las Resoluciones Nros. 9 del 19 de enero de 2022 y 67 del 17 de marzo de 2022, ambas del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que, por el artículo 1º de la Ley N° 26.221, se aprobó el Convenio Tripartito entre el ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, suscripto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 12 de octubre de 2006, relativo a la prestación de los servicios de agua potable y de desagües cloacales, como Anexo 1 de dicha ley.

Que, por el artículo 6º de la mencionada Ley Nº 26.221 se aprobó, como Anexo 2, el Marco Regulatorio para la Concesión de los Servicios de Provisión de Agua Potable y Desagües Cloacales en el ámbito establecido por el Decreto Nº 304 del 21 de marzo de 2006, ratificado mediante Ley Nº 26.100.

Que, por el artículo 102 de dicho Marco Regulatorio, se dispuso que dentro de los SEIS (6) meses posteriores a la firma del Contrato de Concesión, el entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS elegirá mediante concurso público auditores técnico y contable independientes, cuya función será la de auditar y certificar, con el alcance que profesionalmente les competa, que la Concesionaria AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA) está llevando los registros en forma, cantidad y calidad suficiente para el cumplimiento de sus fines así como que la información que brinda es fiel reflejo de la gestión prevista en ese Marco Regulatorio.

Que, conforme lo establecido en el artículo 102 del Marco Regulatorio anteriormente referido, el rol de los auditores técnico y contable es colaborar en las funciones de control de la concesión y su contratación estará a cargo de la Concesionaria por un período de TRES (3) años, finalizado el cual se convocará a un nuevo concurso.

Que, por otra parte, mediante la Resolución N° 170 de fecha 23 de febrero de 2010 del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se aprobó el modelo de Instrumento de Vinculación entre el Estado Nacional y la empresa concesionaria y se autorizó al señor Subsecretario de Recursos Hídricos a proceder a su firma.

Que, el artículo IX.8 del mencionado Instrumento de Vinculación, dispone que dentro de los SEIS (6) meses posteriores a la firma de ese documento dicho Ministerio elegirá mediante concurso público auditores técnico y contable independiente para el cumplimiento de las funciones previstas en el Marco Regulatorio y en ese acuerdo.

Que mediante la Resolución Nº 60 del 6 de febrero de 2018 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, se delegó en la entonces SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS la competencia para seleccionar mediante...

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