Resolución 29/2020

Fecha de publicación17 Enero 2020
SecciónAsociaciones Sindicales
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 15/01/2020

VISTO el EX-2019-36309725-APN-DNASI#MPYT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores, instituyendo al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como Autoridad de Aplicación de la norma.

Que en fecha 7 de mayo del 2015 la asociación sindical “ASOCIACIÓN GREMIAL DE ARQUITECTOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES”, con domicilio en Av. Roque Sáenz Peña N° 1.110, Piso 9°, Depto. 3/4, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó su Inscripción Gremial, conforme a la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, y a su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 21 de la Ley N° 23.551, encontrándose acreditados los requisitos de nombre, domicilio, patrimonio, antecedentes fundacionales, lista de adherentes, nómina y nacionalidad de los miembros del órgano directivo y agregado el estatuto.

Que la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales de esta Cartera de Estado ha efectuado el control de legalidad que sobre el estatuto dispone el artículo 7° del Decreto N° 467/88, no mereciendo objeciones, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables, sobre normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que, asimismo, por Sentencia Interlocutoria N° 92.219 de fecha 7 de diciembre de 2017, dictada en la Causa N° 48551/16, caratulada: “ASOCIACIÓN GREMIAL DE ARQUITECTOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES C/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL S/ LEY DE ASOC. SINDICALES”, la Sala I de la Excma. CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO resolvió “…Ordenar al Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social a emitir el acto administrativo de inscripción gremial solicitado…”

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley N° 25.674 y su Decreto Reglamentario N° 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del Artículo 13 de la Ley N° 23.551 por...

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