Resolución 289/2020

Fecha de publicación20 Junio 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA


Ciudad de Buenos Aires, 19/06/2020

Visto el Expediente N° EX-2020-26013821-APN-UGSDPE#MEC, la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, la Ley Nº 27.544 de Restauración de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Emitida bajo Ley Extranjera y el Decreto N° 391 del 21 de abril de 2020 y modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.544 de Restauración de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Emitida bajo Ley Extranjera se autoriza al Poder Ejecutivo nacional a efectuar las operaciones de administración de pasivos y/o canjes y/o reestructuraciones de los servicios de vencimiento de intereses y amortizaciones de capital de los Títulos Públicos de la República Argentina emitidos bajo ley extranjera.

Que por el decreto 391 del 21 de abril de 2020 y su modificatorio, se dispuso la reestructuración de los Títulos Públicos de la REPÚBLICA ARGENTINA emitidos bajo ley extranjera detallados en el Anexo I (IF-2020- 26774272-APN-UGSDPE#MEC) aprobado por el mencionado decreto, mediante una Invitación a Canjear dichos títulos. Que los alcances, los términos y las condiciones de la operación se encuentran detallados en el modelo de Suplemento de Prospecto (“Prospectus Supplement”), que fue aprobado -junto con su traducción al idioma castellano- como Anexo II (IF-2020-26925172-APN-UGSDPE#MEC) por el decreto mencionado.

Que en dicho Suplemento de Prospecto registrado con fecha 21 de abril de 2020 se fijó como fecha de finalización de la Invitación a Canjear el día 8 de mayo a las 17 horas – hora Nueva York, Estados Unidos, previendo la posibilidad de extenderla a discreción de la República Argentina estando únicamente obligada a informar dicha decisión.

Que por la resolución 221 del 10 de mayo de 2020 del Ministerio de Economía (RESOL-2020-221-APN-MEC) se dispuso la extensión de la fecha de vencimiento de la Invitación a Canjear establecida en el referido Suplemento de Prospecto del 21 de abril de 2020, aprobado como Anexo II (IF-2020-26925172-APN-UGSDPE#MEC) del decreto 391 del 21 de abril de 2020 y su modificatorio, estableciendo que esta vencería el día 22 de mayo de 2020, a las 17 horas de Nueva York.

Que, asimismo, mediante la resolución citada en el considerando precedente se dispuso que se extendería la fecha del anuncio de los resultados y la fecha de liquidación de la Invitación a Canjear, estableciendo que la primera vencería el día 25 de mayo de 2020, mientras que la segunda vencería el día 27 de mayo de 2020...

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