Resolución 289/2019

Fecha de publicación26 Julio 2019
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Ciudad de Buenos Aires, 24/07/2019

VISTO la necesidad de actualizar el Plan de Control de Mamíferos Exóticos Invasores en Jurisdicción del Parque Nacional El Palmar cuyas actuaciones corren por el Expediente EX-2019-04654380-APN-DGA#APNAC, y

CONSIDERANDO:

Que la propuesta de actualización mencionada en el Visto es producto de la experiencia adquirida y de las recomendaciones vertidas en los Informes de resultados de los monitoreos del Plan comprendido en el período entre los años 2006 y 2015 que fueran elaborados por la Delegación Regional NEA de esta Administración.

Que en dichos Informes se presentan los análisis de la situación de las poblaciones de las especies de mamíferos exóticos invasores (jabalí y ciervo axis) afectadas por las acciones de control.

Que los resultados de los monitoreos evidenciaron una disminución en la superficie hozada por jabalíes (Sus scrofa) y un aumento en la abundancia del ciervo axis (Axis axis).

Que los resultados de la aplicación del Plan de Control mostraron que los efectos colaterales adversos sobre la fauna nativa resultaron mínimos y tolerables.

Que el Plan de Control de Mamíferos Exóticos Invasores en jurisdicción del Parque Nacional El Palmar resultó ser eficaz en el control de jabalí.

Que resulta conveniente aumentar el esfuerzo de caza con relación al de los años precedentes, según resulta del análisis de los datos de monitoreo.

Que por sus efectos negativos sobre la biodiversidad es necesario reemplazar el uso de municiones elaboradas a base de plomo por otras no contaminantes, habiéndose consensuado el reemplazo progresivo de dichas municiones entre el personal del Parque Nacional El Palmar y los cazadores externos.

Que es necesario determinar una figura de referencia que facilite la actualización de los montos de los seguros que deben presentar obligatoriamente los cazadores externos inscriptos en el Registro de Cazadores Externos.

Que resulta necesario tomar un valor de referencia de actualización automática para el cobro de las piezas de caza obtenidas.

Que las Direcciones Nacionales de Conservación y de Operaciones y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso f), de la Ley N° 22.351.

Por ello,

EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Resolución H.D. N° 114/2012.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase la actualización del Plan de Control de...

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