Resolución 289/2014
Fecha de la disposición | 12 de Noviembre de 2014 |
Secretaría de Hacienda
ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL
Marco Conceptual de las Deducciones y Retenciones en el Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF). Apruébanse comprobantes y descriptivos.
Bs. As., 12/11/2014
VISTO el Expediente S01:0177499/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones, la Resolución N° 564 de fecha 21 de diciembre de 1994 de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la Resolución N° 25 de fecha 10 de febrero de 2011 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, establece que la administración financiera comprende el conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos administrativos, que hacen posible la obtención de los recursos públicos y su aplicación para el cumplimiento de los objetivos del Estado.
Que el Artículo 32 de la misma ley, y su reglamentación, determinan que las jurisdicciones y entidades deberán llevar los registros de ejecución presupuestaria, consignando como mínimo el momento en que se devenguen los recursos y su recaudación efectiva.
Que el Artículo 6° del Anexo al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones, determina que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS dictará las normas complementarias con relación a la competencia, operación e interacción de los servicios y unidades mencionados en el apartado II del mismo artículo.
Que mediante la Resolución N° 564 de fecha 21 de diciembre de 1994 de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, dictada en función de la reglamentación inicial de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, se aprobó el “Manual de Registro de Recursos y Conciliación Bancaria Automática” para la Administración Nacional.
Que esta SECRETARIA DE HACIENDA se encuentra abocada al desarrollo e implementación del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF), incluyendo en el proceso al circuito de Recursos, sobre el cual se resume el Marco Conceptual que se aprueba por este acto, sintetizando y definiendo las funcionalidades de sistema inherentes al mismo, cuya instrumentación se llevará a cabo en forma gradual y progresiva, conforme lo definan los órganos responsables de su desarrollo y despliegue.
Que mediante la Resolución N° 25 de fecha 10 de febrero de 2011 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS se estableció que los comprobantes de gestión y ejecución presupuestaria y/o contable de recursos y gastos, así como otros documentos de información que requieran los órganos rectores dependientes de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, deberán ser firmados digitalmente, conforme los plazos y las condiciones que establezcan cada uno de ellos.
Que en el marco del desarrollo para la modernización del SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACION FINANCIERA (S.I.D.I.F.), resulta necesaria la introducción de nuevos comprobantes y funcionalidades para la administración de los atributos de información que incorpora el nuevo modelo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en función de lo dispuesto por el Artículo 6° del Anexo al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE HACIENDA
RESUELVE:
— Apruébase como Anexo I el “Marco Conceptual del Circuito de Recursos del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF)”, que forma parte de la presente resolución.
— Apruébanse los comprobantes y descriptivos que como Anexos se indican a continuación formando parte integrante de la presente resolución:
Anexo II - “Descriptivo del Comprobante Informe de Recursos (IR)”.
Anexo II.a - Comprobante “Informe de Recursos (IR)”.
Anexo III - “Descriptivo del Comprobante de Modificación de Informe de Recursos (CMIR)”.
Anexo III.a - “Comprobante de Modificación de Informe de Recursos (CMIR)”.
Anexo IV - “Descriptivo del Comprobante de Operación Vinculada (COV)”.
Anexo lV.a - “Comprobante de Operación Vinculada (COV)”.
Anexo V - “Descriptivo del Comprobante Cambio de Medio de Percepción (CMP-REC)”.
Anexo V.a - Comprobante “Cambio de Medio de Percepción (CMP-REC)”.
— Las disposiciones establecidas en la presente medida, serán de aplicación exclusiva para los Organismos comprendidos en el inciso a) del Artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, que se habiliten para operar en el módulo de Recursos del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF).
— Establécese que los comprobantes aprobados en el Artículo 2° de la presente resolución, deberán ser firmados digitalmente conforme lo establece la Resolución N° 25 de fecha 10 de febrero de 2011 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
— A partir de la implementación de la nueva funcionalidad dispuesta en el artículo anterior, sólo se deberán presentar los Informes de Recursos en papel en la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION y la TESORERIA GENERAL DE LA NACION, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en la medida que se requiera adjuntar documentación de respaldo. En estos casos, el Comprobante deberá ser impreso en papel tamaño A4.
— Facúltase a la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO dependiente de la citada Secretaría, a disponer el despliegue progresivo de las funcionalidades que integran el circuito de Recursos del e-SIDIF.
— Facúltase a la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION a realizar modificaciones en los comprobantes, y descriptivos de Ejecución Presupuestaria de Recursos para la Administración Nacional, aprobados en la presente resolución, como así también para el dictado de las normas complementarias, aclaratorias e interpretativas a que hubiere lugar.
— Facúltase a la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION y a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION a establecer procedimientos de contingencia en el marco de la presente resolución.
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan C. Pezoa.
ANEXO I
MARCO CONCEPTUAL DEL CIRCUITO DE RECURSOS DEL SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACION FINANCIERA INTERNET (e-SIDIF)
INDICE:
Contenidos:
-
Introducción
-
Objetivo
-
Alcance
-
Aspectos Relevantes
4.1. Firma Digital
4.2. Sistema Orientado a la Gestión
4.3. Flexibilidad Operativa
4.4. Incorporación del Concepto de Comprobante
4.5. Nuevos Atributos de los Comprobantes
4.6. Cadena de Firmas
4.7. Gestión Multisaf
4.8. Gestión Multifuente
-
Tipos de Comprobantes
5.1. Impresión de Comprobantes
-
Descripción funcional del Circuito de Recursos
6.1. Modelo Conceptual
6.2. Etapas del Recurso
6.2.1. Devengado de Recursos
6.2.1.1. Aspectos Presupuestarios
6.2.1.2. Aspectos No Presupuestarios
6.2.2. Percibido de Recursos. Aspectos Presupuestarios y No Presupuestarios
6.2.3. Devengado y Percibido Simultáneo de Recursos
6.3. Modificaciones y Correcciones al Registro de Recursos
6.3.1. Modificaciones al Registro de Recursos
6.3.2. Correcciones al Registro de Recursos
6.4. Cambio de Medio de Percepción
6.5. Operaciones Vinculadas
6.5.1. Nuevo Comprobante de Operación Vinculada
6.5.2. Conciliación y Cierre.
-
Gestiones de Recursos - Circuitos
7.1. Circuito de Gestión de Recursos (REC)
7.2. Circuito de Gestión de Ingresos Corrientes (IC)
7.3. Circuito de Gestión de Recursos de Capital (RC)
7.4. Circuito de Gestión de Activos Financieros (AF)
7.5. Circuito de Gestión de Deuda Pública (DP)
7.6. Circuito de Gestión de Contribuciones Figurativas (CF)
-
Glosario
-
Normas de Referencia
Marco Conceptual del Circuito de Recursos del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF):
-
Introducción:
El nuevo modelo conceptual de Recursos, en un sentido amplio, fue concebido a partir de la necesidad de dotar a los organismos de la Administración Nacional y a los Organos Rectores del Sistema de Administración Financiera de modernas herramientas de gestión con el fin de contribuir a la mejora en la administración y registro de los recursos por parte de sus ejecutores responsables, dentro del marco de mejora continua introducido por el Sistema Integrado de Información Financiera Internet e-SIDIF, el que por sus características intrínsecas pone a disposición toda una serie de facilidades orientadas a producir información para la toma de decisiones que promuevan el uso adecuado de los recursos públicos, dentro de un contexto orientado a gestionar por resultados.
Con igual temperamento y metodología utilizadas para el modelo de gastos dentro del e-SIDIF, y que diera lugar al dictado de la Resolución N° 81/12 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la cual establece el marco conceptual del citado modelo, se consideró oportuno propiciar el dictado de la presente medida para el tratamiento de los Recursos, con el fin de plasmar un marco conceptual en el que se destacan todas las mejoras introducidas en pos de lograr el fortalecimiento de la gestión.
De las...
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