Resolución 288/2020

Fecha de publicación30 Junio 2020
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2020

VISTO el EX-2019-84998395- -APN-ATBB#MPYT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 2/6 del IF-2019-94854851-APN-DNRYRT#MPYT del EX-2019-84998395- -APN-ATBB#MPYT, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUÍMICAS, PETROQUÍMICAS Y AFINES DE BAHÍA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa BAHÍA VERDE SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el acuerdo de marras, las partes signatarias establecen incrementos salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1421/14 “E”, conforme a los términos y condiciones allí establecidas.

Que respecto a lo pactado en autos en cuanto al índice inflacionario, de producirse la situación descripta en la cláusula quinta, se deberá cumplimentar el procedimiento para una nueva negociación colectiva, tal como lo prevé la normativa vigente, debiendo las partes arribar a un nuevo acuerdo que establezca las nuevas condiciones que surgen de los puntos a), b), c) y d) de dicha cláusula.

Que en relación con lo pactado en la cláusula octava, corresponde señalar que la homologación que por este acto se dispone lo es sin perjuicio que su contenido será aplicable en tanto no colisione con normas de orden público que establezcan una competencia jurisdiccional específica.

Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a la estricta correspondencia entre el alcance de representación del sector empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la...

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