Resolución 287.

Fecha de disposición06 Junio 2016
Fecha de publicación06 Junio 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 287/2016

Bs. As., 12/05/2016

VISTO el Expediente N° 1.717.696/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/9 y 10/12 del Expediente de referencia, obran los acuerdos celebrados entre la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN, por el sector gremial, y el REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES AGRARIOS RENATEA, por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el acuerdo de fojas 5/9 las partes convienen dejar sin efecto lo establecido en el convenio Colectivo de Trabajo N° 1453/15 "E", conforme a los argumentos y antecedentes allí expuestos.

Que asimismo, convienen dejar sin efecto la relación laboral del personal que haya ingresado a RENATEA a partir del día 23/01/12 hasta el 21/03/16, estableciendo la percepción de una indemnización en los términos del artículo 245 de la Ley de contrato de Trabajo (20.744), en base a las consideraciones allí pautadas.

Que por otra parte, a través del acuerdo de fojas 10/12 los sectores negociales establecen las indemnizaciones derivadas de los trabajadores con estabilidad gremial como consecuencia a la extinción del CCT 1453/15 "E", en base a las estipulaciones convenidas en el presente texto.

Que debe dejarse indicado que lo pactado en el caso de marras lo será como acuerdo marco de derecho colectivo sin perjuicio de los derechos individuales que les pudieren corresponder a los trabajadores involucrados.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declarase homologado el acuerdo celebrado entre la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN, por el sector gremial, y el REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES AGRARIOS RENATEA, por la parte empresaria, obrante a fojas 5/9 del Expediente N° 1.717.696/16, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°

Declarase homologado el acuerdo celebrado entre la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN, por el sector gremial, y el REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES AGRARIOS RENATEA, por la parte empresaria, obrante a fojas 10/12 del Expediente N° 1.717.696/16, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 3°

Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre los presentes Acuerdos, obrantes a fojas 5/9 y 10/12 del Expediente N° 1.717.696/16.

ARTÍCULO 4°

Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 5°

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, de los Acuerdos homologados, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 6°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.717.696/16

Buenos Aires, 16 de mayo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 287/16 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 5/9 y 10/12 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 302/16 y 303/16 respectivamente. -- Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO ENTRE EL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES AGRARIOS RENATEA --EN LIQUIDACION-- Y LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION --UPCN-- N° 1

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) a los 22 días del mes de Abril de 2016, se reúnen por una parte EL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES AGRARIOS RENATEA, representada en este acto por su Director General Suplente a cargo de la Dirección General, Don Ernesto Ramón Ayala, D.N.I. N° 8.366.000, quién fuera designado por Decreto 186/2015 y en adelante denominado "RENATEA", y por la otra los miembros paritarios de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN), Sres. Juan Felipe Carrillo, D.N.I. N° 12.946.707, Diego Hernán Gutierrez, DNI 20.988.638 y Gustavo Prellezo DNI 13.465.232, en adelante denominado "EL GREMIO", quienes proceden a formalizar el presente "ACTA...

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