Resolución 287/2022

Fecha de publicación06 Septiembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE


Posadas, Misiones, 01/09/2022

VISTO: las actuaciones “Expte. N° 2979/2021 – Evaluación de Riesgo – Plomo y cadmio en yerba mate – Red de Seguridad Alimentaria del CONICET”, las disposiciones de la Ley 25.564, el Decreto Reglamentario Nº 1.240/02, y la Resolución 11/2017 en su texto actualizado, y;

CONSIDERANDO:

QUE, es función del INYM aplicar y hacer cumplir las leyes, decretos reglamentarios y disposiciones existentes y las que pudieran dictarse relacionadas con los objetivos establecidos en la Ley 25.564; y, asimismo, identificar, diseñar estrategias e implementar procedimientos tendientes a optimizar la rentabilidad y competitividad del sector yerbatero.

QUE, se encuentra vigente el “REGLAMENTO DE CONTROL DE CALIDAD DE MATERIA PRIMA DE YERBA MATE”, oportunamente aprobado por Resolución 11/2017, de aplicación a todos los operadores que efectúen tareas de recepción, transporte y/o secado de hoja verde de yerba mate, así como a aquellos operadores que tengan a cualquier título, yerba mate canchada, sea ésta de origen nacional o importada, independientemente de que la materia prima sea propia o de terceros.

QUE, por Resolución 374/2021 del INYM se aprobó el CONVENIO con el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) con el objeto de llevar adelante acciones vinculadas al cumplimiento de la normativa de sanidad, calidad e inocuidad que reglamenta la producción y comercialización de la yerba mate en todo el territorio de la República Argentina. El mismo se encuentra suscripto entre las partes y en vigencia.

QUE, la tarea mancomunada de carácter técnico/profesional dio inicio a una serie de actividades en resguardo de la calidad e inocuidad de la materia prima de la yerba mate, posible gracias a la interacción sustentada en la finalidad común de ambas instituciones.

QUE, en tal sentido, el INYM se vinculó con la Red de Seguridad Alimentaria (RSA) - CONICET, siendo un ámbito académico y profesional con el más profundo conocimiento y capacitación sobre todos los temas de incumbencia alimentaria y el resguardo de la salud humana relacionada con los alimentos.

QUE, la Red de Seguridad Alimentaria - CONICET puso en conocimiento del INYM un trabajo en el que se expresa que un alto porcentaje cercano al 80 % de la yerba mate importada no cumple con la Resolución Mercosur GMC N° 12/11 que estableció el límite máximo para residuos de arsénico, plomo y cadmio.

QUE, la contundencia del informe brindado al INYM hace que este Instituto deba tomar las medidas necesarias para actuar en resguardo de la calidad e inocuidad de la materia prima de la yerba mate.

QUE, los metales pesados se encuentran mencionados en la Resolución Mercosur GMC N° 12/11 que estableció el límite máximo de contaminantes inorgánicos de arsénico, plomo y cadmio, la que fuera incorporada al Código Alimentario Argentino y constituye derecho interno de aplicación obligatoria en todo el territorio de la República Argentina.

QUE, debe prevenirse la contaminación del alimento en la fuente, aplicar la tecnología más apropiada desde la producción primaria, manipulación, almacenamiento, procesamiento y envasado, a fin de evitar que un alimento contaminado sea comercializado o consumido.

QUE, dicho criterio es seguido por el REGLAMENTO DE CONTROL DE CALIDAD DE MATERIA PRIMA DE YERBA MATE (Resolución 11/2017 INYM), por ejemplo, al establecer los cuidados a tener en cuenta en el área de recepción de la hoja verde de yerba, prohibiendo la presencia o existencia de lubricantes, agroquímicos y otras sustancias o elementos como combustibles, considerando su peligro para la contaminación de la yerba mate.

QUE, similar conducta de actuar en la primera oportunidad en que ello sea posible, debe adoptarse ante los otros supuestos de actos de control y verificación frente a una materia prima que puede estar contaminada.

QUE, el INYM inició un camino de actualización continua de su normativa tendiente al...

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