Resolución 174/2011

Fecha de la disposición 4 de Julio de 2011

Lunes 4 de julio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.183 9

RESOLUCIONES SecretarÃa de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Resolución 174/2011

ModifÃcase la Resolución N'° 163/11 relacionada a las Entidades Financieras, autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, a participar de la licitación de cupos de crédito con tasa bonificada en el marco del Programa EstÃmulo al Crecimiento.

Bs. As., 30/6/2011

VISTO el Expediente N'º' S01:0248387/2011 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y CONSIDERANDO:

Que con el dictado del Decreto N'º' 919 de fecha 28 de junio de 2010, fue sustituida la denominación del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO por las de MINISTERIO DE INDUSTRIA y MINISTERIO DE TURISMO, con las competencias respectivas, allà asignadas.

Que mediante el dictado del Decreto N'º' 964 de fecha 1 de julio de 2010 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta nivel SubsecretarÃa del MINISTERIO DE INDUSTRIA, asignándole a la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del citado Ministerio, competencia para entender en la aplicación de las normas correspondientes a los TÃtulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y de las disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que mediante la Resolución N'º' 163 de fecha 24 de junio de 2011 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA se procedió a convocar a las Entidades Financieras autorizadas por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, a participar de la licitación de cupos de crédito con tasa bonificada en el marco del Programa de EstÃmulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, para aplicar en operaciones de financiamiento para los destinos previstos en los incisos a), b), c), d) y g) del ArtÃculo 8'º del Decreto N'º' 871 de fecha 6 de octubre de 2003.

Que el monto total de cupo de crédito bonificable de la mencionada licitación es por hasta la suma de PESOS CUATROCIENTOS MILLONES ($' 400.000.000).

Que posteriormente se ha detectado un error material e involuntario en relación a conceptos mal referidos en la mencionada resolución.

Que en virtud de ello resulta oportuno modificar los ArtÃculos 7'º y 9'º de la Resolución N'º' 163/11 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que corresponde entonces, proceder al dictado del correspondiente Acto Administrativo mediante el cual se rectifique el articulado mencionado en el considerando precedente, con el objeto de posibilitar una clara e inequÃvoca comprensión del llamado a Licitación oportunamente convocado mediante la resolución antes referida.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE...

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