Resolución 841/2011

Fecha de disposición22 Junio 2011
Fecha de publicación22 Junio 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32175

Miércoles 22 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'° 32.175 56

ARTICULO 2

'º — ComunÃquese, notifÃquese a Ricardo Zabaleta Carreras, en el domicilio de la calle Sarmiento 944 Piso 12'º —Ciudad Autónoma de Buenos Aires— y publÃquese en el BoletÃn Oficial.

Firmado: FRANCISCO DURAÑONA, Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente resolución se puede obtener en Julio A. Roca 721

Planta Baja - Capital Federal.

  1. 22/06/2011 N'º' 73963/11 v. 22/06/2011 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION N'° 35.873 DEL 15 JUN. 2011

EXPEDIENTE. N'º' 55.292

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Autorizar a NACION SEGUROS S.A., a operar en reaseguros activos en los mismos ramos en los que se encuentra autorizada a operar en seguro directo en la República Argentina, de conformidad con las normas legales de aplicación y del régimen de autorización previstos en la Resolución N'º' 35.615.

ARTICULO 2

'º — Notificada la entidad de la presente resolución, se inscribirá en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros.

ARTICULO 3

'º — Hacer saber a la recurrente que una vez producida la inscripción en el Registro a cargo de esta Superintendencia de Seguros, deberá comunicar la fecha de inicio de las operaciones.

ARTICULO 4

'º — ComunÃquese, notifÃquese, expÃdase testimonio de la presente resolución y publÃquese en el BoletÃn Oficial.

Firmado: FRANCISCO DURAÑONA, Superintendente de Seguros.

Nota: La versión completa de la presente resolución se puede obtener en Julio A. Roca 721

Planta Baja - Capital Federal.

  1. 22/06/2011 N'º' 73965/11 v. 22/06/2011 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS COMISION NACIONAL DE VALORES Resolución N'º' 16.589/2011

    Bs. As., 9/6/2011

    VISTO el Expediente N'º' 565/02 y la presentación formulada por la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES en fecha 2 de junio de 2011 y,

    CONSIDERANDO:

    Que por Resolución N'º' 14.328 de fecha 9 de octubre de 2002, la COMISION NACIONAL DE VALORES (C.N.V.) resolvió conformar la Resolución de Consejo N'º' 4/2002 de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES (BCBA) por la que se derogó la Resolución de Presidencia N'º' 5/2002 de dicha entidad y se resolvió suspender la aplicación de la medida dispuesta por el artÃculo 42, inciso d) del Reglamento de Cotización, hasta el 10 de diciembre de 2003.

    Que en la citada Resolución de Consejo de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES (BCBA) se dispuso que los valores negociables de emisoras que presenten estados contables o suministren información de la que surja que los resultados no asignados negativos insumen la totalidad del patrimonio neto, deberán cotizar en rueda reducida, mientras se mantenga la suspensión de la aplicación del artÃculo 42, inciso d) del Reglamento de Cotización, individualizando a las mismas con la llamada N'º' 13.

    Que con posterioridad a aquella primera conformidad prestada en lo que hace a esta cuestión, procedió esta CNV en forma sucesiva y, manteniendo en todo momento un completo nexo de continuidad en orden a las respectivas Decisiones adoptadas en el seno de la BCBA en el sentido antes mencionado, a dictar las Resoluciones Nos. 14.697 (10.12.03): 14.847 (01.07.04); 14.983 (09.12.04);

    15.045 (22.03.05); 15.273 (16.12.05); 15.404 (16.06.06): 15.538 (21.12.06), 15.657 (14.06.07), 15.806 (20.12.07), 15.905 (26.06.08), 16.019 (26.11.08). 16.138 (18.06.09), 16.250 (29.12.09), 16.349 (24.06.10) y, 16.490 del 29 de diciembre de 2010, por la cual quedó extendida hasta el 30 de junio de 2011, la excepción dispuesta originariamente por aquella Resolución de su Consejo N'º' 04/2002.

    Que con fecha 2 de junio de 2011, la entidad sometió a consideración de este Organismo la Resolución de Consejo N'º' 1/2011 por la cual se resuelve extender la vigencia de la Resolución de Consejo N'º' 4/2002 hasta el 30 de diciembre de 2011, respecto de aquellas sociedades cuyos resultados no asignados negativos insumieran la totalidad del patrimonio neto, conforme los extremos expuestos en el último estado contable remitido por ellas a la BCBA, con anterioridad al 1'º de enero de 2006.

    Que fundamentando su decisión la Bolsa consideró, que la aplicación de las disposiciones del inciso

  2. del ArtÃculo 42 de su Reglamento de Cotización a las empresas que se encuentran potencialmente alcanzadas por dicha norma y, que aún no lograron culminar los procedimientos judiciales o extrajudiciales que emprendieran junto con sus acreedores, a los fines de la reestructuración de sus pasivos, generarÃa consecuencias altamente negativas tanto para ellas, como para el público inversor.

    Que analizada la Resolución de Consejo de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES N'º' 1/2011 por parte de la Subgerencia de Mercados, Bolsas y Cajas de Valores (Fs.' 459/60) y de la Gerencia de Intermediarios, Bolsas y Mercados (fs.' 460 vta.) no surgen observaciones que formular.

    Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artÃculo 6'º, inciso e) de la Ley N'º' 17.811.

    Por ello,

    LA COMISION NACIONAL DE VALORES RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Conformar la Resolución de Consejo N'º' 1/2011 de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES por la que se extiende la vigencia de la Resolución de Consejo N'º' 4/2002 hasta el 30 de diciembre de 2011, respecto de aquellas sociedades cuyos resultados no asignados negativos insuman la totalidad del patrimonio neto —de acuerdo a lo informado por ellas en el último estado contable que remitieran a dicha entidad, con anterioridad al 1'º de enero de 2006— conforme texto que corre agregado a fs.' 452/53.

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese, notifÃquese a la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES, publÃquese por la misma en el BoletÃn Oficial y en su órgano de publicaciones, y archÃvese. — HECTOR O. HELMAN, Director. — HERNAN FARDI, Vicepresidente. — ALEJANDRO VANOLI, Presidente.

RESOLUCION DE CONSEJO NRO. 1/2011

VISTO:

Las Resoluciones de Consejo Nros. 4/2002 y 3/2005 por las que se suspendió la aplicación de la medida dispuesta por el artÃculo 42, inciso d) del Reglamento de Cotización, respecto de aquellas sociedades cuyos resultados no asignados negativos insumÃan la totalidad del patrimonio neto, conforme el último estado contable remitido a esta Asociación con anterioridad al 1'º de enero de 2006.

Que la prórroga del plazo de suspensión de la aplicación del citado inciso d) del artÃculo 42 del Reglamento de Cotización se extiende hasta el próximo 30.06.2011 y que aún existen situaciones que encuadrarÃan en las disposiciones reglamentarias —Patrimonio neto negativo anterior al 1.01.2006—, y CONSIDERANDO:

Que, tal como oportunamente se afirmara en cada una de las regulaciones que sobre la materia dictó esta Institución, la disposición reglamentaria cuya aplicación fue sucesivamente suspendida respondÃa a circunstancias de Ãndole excepcional para una emisora cotizante, y no a la situación que se generalizó como consecuencia de la emergencia económica y financiera por la que atravesara el paÃs;

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