Resolución 220/2011
Emisor | ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD |
Fecha de la disposición | 21 de Junio de 2011 |
Martes 21 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.174 44 a continuación: COOP. DE TRABAJO PRO-FORM LTDA., mat. 25.069, A. M. DE EMPLEADOS,
DOCENTES Y OBREROS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE CORDOBA, mat. CBA-1077; todas pertenecientes a la provincia de Córdoba. Por Disposiciones Nro. 0998/11, 0997/11, 0996/11, 0994/11 - INAES a las entidades que se mencionan a continuación: COOP. DE TRABAJO SERVICIOS EXTENTOR LTDA., mat. 14.021; COOP. DE TRABAJO PARA SERVICIOS INTEGRALES COTRASERVI LTDA., mat. 19122; COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS PARA TRANSPORTISTAS âEL EXPRESO DEL NORTEâ LTDA., mat. 24.739; COOP. DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD DE CONSUMO LTDA., mat. 11.938, todas pertenecientes a la provincia de Salta. Por Disposiciones Nro. 3375/10, 111/11 - INAES a las entidades que se mencionan a continuación:
A. M. DE LOS EMPLEADOS ACTIVOS PUBLICOS NACIONALES, PROVINCIALES Y MUNICIPALES, JUBILADOS, PENSIONADOS Y DE LA ACTIVIDAD PRIVADA âDEL NORTEâ, mat. SE-171;
M. DEL PERSONAL DE PRODUNOA S.A. mat. SE-149. Por Disposición Nro. 2345/10- INAES a la entidad COOP. DE TRABAJO, CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA SERVICIOS FRUTICOLAS PATAGONICOS LTDA., mat. 24.742, de la provincia de RÃo Negro. Por Disposición Nro. 1329/11 - INAES a la entidad COOP. AGRICOLA DE LORETO LTDA., mat. 16.611 de la provincia de Misiones. Por Disposiciones Nro.1328/11, 0929/11 - INAES a las entidades A. M. AUNAR A.M.A., mat.
MZA507; A. M. GODOY CRUZ ANTONIO TOMBA, mat. MZA-257 de la provincia de Mendoza.
Por Disposición Nro. 0928/11 a la entidad COOP. BIOQUIMICA DEL NORESTE DEL CHUBUT DE PROVISION, VIVIENDA Y CONSUMO LTDA., mat. 12.717 de provincia del Chubut. Contra la medida dispuesta (Art. 40, Dto. N'º' 1759/72 T.O. 1991) son oponibles los siguientes recursos:
REVISION (Art. 22, inc. a â10 dÃasâ y Art. 22, incs. b, c y d â30 dÃasâ Ley N'º' 19.549). RECONSIDERACION (Art. 84, Dto. N'º' 1759/72 T.O. 1991 â10 dÃasâ). JERARQUICO (Art. 89, Dto.
N'º' 1759/72 T.O. 1991 â15 dÃasâ) Y ACLARATORIA (Art. 102, Dto. N'º' 1759/72 T.O. 1991 â5 dÃasâ). Asimismo, se amplÃan los plazos procesales para aquellas entidades que les corresponde por derecho en razón de la distancia que supere los 200 kms. Desde el asiento de esta jurisdicción. El presente deberá publicarse por TRES (3) dÃas en el BoletÃn Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el ArtÃculo 42 del Dto. 1779/72, T.O. 1991. Quedan debidamente notificadas.
Fdo. Dra. MARIA SILVIA SUAREZ, Secretaria de Contralor del INAES.
e. 21/06/2011 N'º' 73237/11 v. 23/06/2011 ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Resolución AAANR N'° 36/2011
Expediente ENRE N'º' 30.059/2009
Bs. As., 8/4/2011
El Responsable del Area de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a âENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUENâ (E.P.E.N.) (âE.P.E.N.â), en su condición de prestadora de la Función Técnica de Transporte de EnergÃa Eléctrica, en la suma de PESOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO CON DOCE CENTAVOS ($' 17.618,12) correspondientes a los meses de Julio a Noviembre de 2009 inclusive, por incumplimiento de lo dispuesto en el Punto 3 del Anexo 28 de LOS PROCEDIMIENTOS (Resolución de la ex SecretarÃa de EnergÃa N'º' 61/92 y sus modificatorias y complementarias), cuyo detalle, duración y monto de descuento se efectúa en el Anexo adjunto al presente acto.
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- Instruir a CAMMESA para que aplicando las sanciones que se detallan en el anexo antes citado, efectúe los descuentos correspondientes sobre los precios que remuneran la Función Técnica de Transporte de EnergÃa Eléctrica prestada por el âENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUENâ (E.P.E.N.).
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- Notifiquese a âCAMMESAâ y al âENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUENâ (E.P.E.N.) con copia de la presente. Hágase saber que: a) se le otorga vista del expediente por única vez y por el término de diez (10) dÃas hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y
b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del dÃa siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vÃa del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el artÃculo 84 del Reglamento de la Ley N'º' 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto N'º' 1759/72 (t.o. en 1991), dentro de los diez (10) dÃas hábiles administrativos, asà como también, (ii) en forma subsidiaria, o alternativa, por la vÃa del Recurso de Alzada previsto en el artÃculo 94 del citado Reglamento y en el artÃculo 76 de la Ley N'º' 24.065, dentro de los quince (15) dÃas hábiles administrativos; y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el artÃculo 81 de la Ley N'º' 24.065, dentro de los...
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