Resolución 393/2011

EmisorPolicia de Seguridad Aeroportuaria
Fecha de la disposición21 de Junio de 2011

Martes 21 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.174 16

RESOLUCIONES Ministerio de Agricultura, GanaderÃa y Pesca EMERGENCIA AGROPECUARIA Resolución 459/2011

Dase por prorrogado el estado de emergencia agropecuaria en la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de la aplicación de la Ley N'º' 26.509.

Bs. As., 15/6/2011

VISTO el Expediente N'º' S01:0078209/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N'º' 26.509 y su Decreto Reglamentario N'º' 1712 del 10 de noviembre de 2009, el Acta de la reunión ordinaria de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 15 de marzo de 2011, y CONSIDERANDO:

Que la Provincia de BUENOS AIRES, a través del dictado del Decreto N'º' 28 de fecha 10 de enero de 2011, prorroga el estado de emergencia agropecuaria a las explotaciones rurales del Partido de Lincoln y el estado de emergencia y/o desastre agropecuario a las explotaciones rurales del Partido de General Villegas, en ambos casos por causa de inundación y por el perÃodo del 1 de julio de 2010 al 31 de diciembre del mismo año.

Que el Partido de Lincoln habÃa sido declarado en estado de emergencia agropecuaria por inundación a nivel nacional mediante la Resolución N'º' 331 de fecha 10 de septiembre de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, mientras que el Partido de General Villegas fue declarado a través de la Resolución N'º' 376 de fecha 28 de septiembre de 2010 del citado MINISTERIO.

Que la Provincia de BUENOS AIRES presentó ante la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS en la reunión ordinaria del 15 de marzo de 2011, la correspondiente solicitud para que se prorroguen, dentro de los términos de la Ley N'º' 26.509, las situaciones de emergencia y/o desastre agropecuario por inundación indicadas en el primer considerando.

Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS ha analizado la situación ocurrida en las explotaciones provinciales y entiende que corresponde prorrogar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por inundación, a fin de la aplicación de las medidas previstas en la Ley N'º' 26.509 para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones afectadas.

Que es necesario establecer el perÃodo por el cual se extenderán los actuales ciclos productivos de las actividades afectadas a efectos de otorgar los beneficios contemplados en los ArtÃculos 22 y 23 de la Ley N'º' 26.509.

Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS ha establecido que los ciclos de las producciones afectadas en la solicitud de la Provincia de BUENOS AIRES finalizarán el 31 de diciembre de 2010 para las actividades de las zonas indicadas en el citado Decreto N'º' 28/11.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la Ley de Ministerios...

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