Resolución 785/2011

EmisorMinisterio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
Fecha de la disposición10 de Junio de 2011

Viernes 10 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.168 31

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DISPONE:

ARTICULO 1

'º — La “Comisión TRAFIP” estará integrada por los titulares de las Subdirecciones Generales de Recaudación, de Fiscalización, de Administración Financiera, de Planificación, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Asuntos JurÃdicos, asà como por un funcionario “ad hoc” designado a tal fin por cada una de ellas y por un funcionario designado por esta Administración Federal.

ARTICULO 2

'º — La Coordinación General de la “Comisión TRAFIP” será ejercida por el titular de la Subdirección General de Recaudación y, en caso de ausencia o impedimento de éste, por el funcionario a cargo de la Subdirección General de Planificación.

ARTICULO 3

'º — La comisión deberá cumplir con las acciones previstas en el Anexo II de la Resolución General N'º' 2996, asà como con las que se indican seguidamente:

  1. Formular la estrategia para asegurar el logro del objetivo previsto y proponer la forma en que se financiará el mismo.

  2. Analizar y definir la inclusión de los productos cuya comercialización deberá cumplir con las normas de control, rastreo y localización que se implementen, con independencia de que los mismos estén o no alcanzados por las normas de la ley de impuestos internos.

  3. Planificar la instalación del sistema informático y su integración a la arquitectura tecnológica de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

  4. Planificar la administración y el control del sistema informático por quienes tengan competencias de control de las tareas de recaudación y fiscalización.

  5. Elaborar el informe general y el plan de acción propuesto para la implementación del nuevo sistema integral de control y elevarlo al Administrador Federal dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) dÃas de dictada la presente.

ARTICULO 4

'º — Para el cumplimiento de su cometido, la Comisión podrá a través de la Coordinación General:

  1. Efectuar consultas y requerir opinión a cualquier institución pública o privada, nacional o internacional, competente en la materia, cuya intervención estime indispensable para el logro del fin encomendado.

  2. Realizar consultas, relevar procedimientos y mantener reuniones a dichos efectos con las asociaciones y cámaras representativas de los sectores que resulten involucrados.

  3. Requerir a las áreas competentes del Organismo la información y/o actos de asesoramiento que resulten necesarios, debiendo los respectivos responsables de área adoptar los recaudos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR