Resolución 640/2011

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición 9 de Junio de 2011

Jueves 9 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.167 39

Que se deja constancia que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a las pautas ordenadas por la Ley 25.674 y su Decreto Reglamentario N'º' 467 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el lÃmite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artÃculo 13 de la Ley 23.551 por el artÃculo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artÃculo 23 inciso 7'º de la Ley de Ministerios N'º' 22.520 (texto ordenado por Decreto N'º' 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N'º' 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Apruébase la modificación realizada al texto del Estatuto Social del CEDIUNCO CENTRO DE DOCENTES E INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL COMAHUE, obrante a fojas 90/171, del Expediente N'º' 90.267/10, respecto de los artÃculos 5 y 55, de conformidad con las disposiciones de la Ley 23.551 y Decreto Reglamentario N'º' 467/88. Los mencionados artÃculos pasarán a formar parte del texto de Estatuto que fuera aprobado oportunamente por Resolución N'º' 893 de fecha 21 de octubre de 2005 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ARTICULO 2

'º — Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario, por lo que no implica innovar sobre los ámbitos personal y territorial reconocidos a la entidad por este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ARTICULO 3

'º — Establécese que dentro del plazo de diez (10) dÃas a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución N'º' 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4

'º — RegÃstrese, comunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución N'º' 640/2011

Apruébase el texto del Estatuto Social del Sindicato La Fraternidad.

Bs. As., 2/6/2011

VISTO el Expediente N'º' 1.421.564/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 23.551, sus modificatorias por Ley N'º' 25.674 y Ley N'º' 26.390;

Decretos Reglamentarios N'º' 467/88 y N'º' 514/03, y CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO LA FRATERNIDAD solicita la aprobación de la modificación parcial de su...

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