Resolución 106/2011

Fecha de la disposición 3 de Junio de 2011

Viernes 3 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.163 12

Facturación de servicios QRF: La facturación de los servicios de rampa que sean prestados a los vuelos QRF (vuelos que habiendo salido, regresan a la rampa o al aeropuerto de origen cuando alguna causa o motivo de origen técnico o de fuerza mayor en la aeronave no permite continuar el vuelo), se efectuará de la siguiente forma:

1) Siempre que “NO” se produzca cambio fÃsico de la carga: se facturarán por componentes aislados los elementos utilizados en la atención del QRF, en forma independiente del vuelo original.

2) “SI” se produce cambio fÃsico de la carga: la certificación del QRF (regreso con la descarga, posterior carga y salida) se facturará como un vuelo completo, en forma independiente del vuelo original.

Facturación de servicios por escala técnica o alternativa (por razones no comerciales):

La asistencia en caso de escala técnica o alternativa por razones no comerciales, se facturará al 50% de las tarifas estipuladas en el tarifario AIC (servicio terminal) según tipo de avión que corresponda, siempre que “NO” se produzca cambio fÃsico de la carga.

Para el caso que “SI” se produzca cambio fÃsico de la carga, se aplicará la tarifa completa del servicio Terminal. No corresponde en ningún caso la facturación por componente aislado.

Aplicación de las Tarifas Básicas de Servicios: Cuando para la atención de un vuelo, las lÃneas aéreas soliciten exclusivamente la prestación de parte de los servicios que componen el servicio básico de rampa y/o adicional, corresponderá aplicar la tarifa del servicio básico completo más los adicionales solicitados.

Quedan excluidos de estos conceptos la prestación exclusiva de los servicios de camión de discapacitados, pasarela telescópica y transporte de pasajeros en plataforma operativa, sobre los cuales aplicarán las tarifas por componente aislado.

Nota: Es obligatorio el uso de señalero principal en todas las posiciones de estacionamiento en todos los aeropuertos/aeródromos del paÃs asà como la colocación de calzas por la normativa vigente y/o por seguridad operacional abarcando a todo tipo de aeronaves incluyendo las ejecutivas en todas sus categorÃas (desde la a) hasta la d)).

Recargos por transporte de carga en lugar de equipaje en vuelos de pasajeros

  1. Vuelos de pasajeros con aeronave de fuselaje angosto con transporte de carga suelta o a granel (no sólo equipaje) en forma parcial o total:

    Considerando el valor total de la capacidad de todas las bodegas (con todos sus compartimentos) en su conjunto, que resulta de la sumatoria de los kilos de carga de cada una de ellas según lo establecido como configuración estándar de la aeronave (cargas máximas por compartimiento y bodega) determinada en el documento “Instrucción para distribución de carga” u otro de igual tenor, se aplicarán sobre el mismo los siguientes recargos según los diferentes porcentajes de ocupación con carga en lugar de equipaje:

    1) Un cincuenta por ciento (50%) de recargo sobre la tarifa básica correspondiente, cuando la ocupación de la totalidad de las bodegas en su conjunto sea completamente con carga en lugar de equipaje.

    2) Para menores proporciones de ocupación con carga que la mencionada en el inciso 1), aplicarán los siguientes porcentajes:

    - Hasta el 25% de ocupación con carga en lugar de equipaje y con una tolerancia de hasta dos bultos de hasta 30 (treinta) kilos cada uno, se aplicará un 15% de recargo sobre la tarifa básica del servicio.

    - hasta el 50% de ocupación con carga en lugar de equipaje, se aplicará un 30% de recargo sobre la tarifa básica del servicio del servicio - hasta el 75% de ocupación con carga en lugar de equipaje se aplicará un 40% de recargo sobre la tarifa básica del servicio - más del 75% de ocupación con carga en lugar de equipaje se aplicará un 50% de recargo sobre la tarifa básica del servicio.

    Estos recargos aplicarán independientemente tanto para la llegada como para la salida del vuelo. En caso de un tramo ferry se tomará la tarifa básica terminal correspondiente para la aplicación...

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