Resolución 280 - E.

Fecha de disposición25 Noviembre 2016
Fecha de publicación25 Noviembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 280 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2016

VISTO el Expediente Nº EX-2016-00810893-APN-DDYME#MEM, las Leyes Nros. 25.565 y 25.725 y los Decretos Nros. 786 de fecha 8 de mayo de 2002 y 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 75 de la Ley Nº 25.565, reglamentado por el Decreto Nº 786 de fecha 8 de mayo de 2002 y modificado por el Artículo 84 de la Ley Nº 25.725, se creó el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, con el objeto de financiar: a) las compensaciones tarifarias para la Región Patagónica, Departamento Malargüe de la Provincia de MENDOZA y de la Región conocida como "Puna", que las distribuidoras o subdistribuidoras zonales de gas natural y gas licuado de petróleo de uso domiciliario, deberán percibir por la aplicación de tarifas diferenciales a los consumos residenciales, y b) la venta de cilindros, garrafas o gas licuado de petróleo, gas propano comercializado a granel y otros, en las provincias ubicadas en la Región Patagónica, Departamento de Malargüe de la provincia de MENDOZA y de la Región conocida como "Puna".

Que por el Artículo 84 de la Ley Nº 25.725 se autorizó la afectación de fondos recaudados en función del régimen creado por el Artículo 75 de la Ley Nº 25.565, al pago del subsidio correspondiente a consumos de usuarios del Servicio General P, de gas propano indiluido por redes de la región beneficiaria, que se hubiesen devengado hasta el Ejercicio 2002 y durante el período que medie hasta el establecimiento de un régimen específico de compensaciones en base a principios de equidad y uso racional de la energía, que deberán percibir las distribuidoras y subdistribuidoras zonales por aplicación de tarifas diferenciales a los usuarios del Servicio General P.

Que mediante el Artículo 12 del Decreto Nº 786 de fecha 8 de mayo de 2002, se constituyó el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, de conformidad con las condiciones previstas en el Artículo 75 de la Ley Nº 25.565 y con el Contrato de Fideicomiso suscripto en este marco, revistiendo el ESTADO NACIONAL el carácter de Fiduciante y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA entidad autárquica actuante en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS el de Fiduciario.

Que de acuerdo con la proyección realizada por la Dirección Nacional de Economía de los Hidrocarburos y como consecuencia de la dinámica de los distintos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR