Resolución 28/2022

Fecha de publicación24 Mayo 2022
SecciónResoluciones
EmisorSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA


Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-40707745-APN-DSGA#SLYT, el Decreto N° 577 del 28 de julio de 2017 y su modificatorio, la Decisión Administrativa N° 641 del 25 de junio de 2021, las Resoluciones de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN Nros. 829 del 24 de mayo de 2019 y 1523 del 12 de septiembre de 2019, la Disposición N° 1 del 14 de febrero de 2022 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 577/17, modificado por su similar N° 480/19, se creó el COMITÉ DE CIBERSEGURIDAD en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el cual tiene como objetivo la elaboración de la Estrategia Nacional de Ciberseguridad.

Que, dentro de dicho marco normativo, por la Resolución N° 829/19 de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN se aprobó la ESTRATEGIA NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD.

Que por la Resolución N° 1523/19 de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN se aprobaron la definición de Infraestructuras Críticas y de Infraestructuras Críticas de Información, la enumeración de los criterios de identificación y la determinación de los sectores alcanzados.

Que en el Anexo de la citada Resolución de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN N° 1523/19 se define a las Infraestructuras Críticas como aquellas que resultan indispensables para el adecuado funcionamiento de los servicios esenciales de la sociedad, la salud, la seguridad, la defensa, el bienestar social, la economía y el funcionamiento efectivo del Estado, cuya destrucción o perturbación, total o parcial, los afecte y/o impacte significativamente.

Que, de modo similar, se define a las Infraestructuras Críticas de Información como aquellas tecnologías de información, operación y comunicación, así como la información asociada, que resultan vitales para el funcionamiento o la seguridad de las Infraestructuras Críticas.

Que, posteriormente, mediante la Decisión Administrativa N° 641/21 se aprobaron los “REQUISITOS MÍNIMOS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN PARA LOS ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL”.

Que dichos requisitos mínimos establecidos por la citada Decisión Administrativa N° 641/21 resultan obligatorios para todas las entidades y jurisdicciones del Sector Público Nacional comprendidas en el inciso a) del artículo de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus...

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