Resolución 28/2021

Fecha de publicación02 Marzo 2021
SecciónResoluciones
EmisorCONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES


Ciudad de Buenos Aires, 25/02/2021

Visto el EX-2018-06063524- -APN-DDYME#CNCPS, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 sus complementarios y modificatorios, el Decreto N° 2769 de fecha 4 de diciembre de 2015 y lo reclamado por el agente Elías RODRIGUEZ (DNI N° 31.963.493), y

CONSIDERANDO

Que, por el expediente citado en el visto, se tramita el recurso administrativo interpuesto por el agente Elías RODRIGUEZ (DNI N° 31.963.493), sobre la asignación del grado escalafonario en su ingreso a la carrera administrativa.

Que mediante el Decreto N° 357/02, se creó el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que mediante el Decreto N° 2769/15, el agente mencionado precedentemente fue designado a partir del 1 de diciembre de 2017, en un cargo de planta permanente, Nivel C - Grado 1 Tramo General Agrupamiento General, en la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como Responsable de Área Administrativa.

Que el agente RODRIGUEZ cumple con lo establecido en el artículo 128 del Decreto N° 2098/08 sus complementarios y modificatorios, ya que al momento de su inscripción en el proceso de selección contaba con más de TRES (3) ejercicios presupuestarios, desempeñándose como personal no permanente en el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, con contrato según artículo 9° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público N° 25.164, con Nivel C Grado 4.

Que, al momento de su incorporación al régimen de carrera en este CONSEJO NACIONAL, a partir del 1 de diciembre de 2017, el agente RODRIGUEZ revistaba en un contrato según artículo 9° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público N° 25.164, con Nivel C Grado 4.

Que en virtud de lo señalado precedentemente, corresponde la aplicación de lo establecido en el artículo 128 del Decreto N° 2098/08 sus complementarios y modificatorios, de asignarle el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la proporción dispuesta en el inciso a) del artículo 31 del mencionado Decreto, a razón de UN (1) Grado escalafonario por cada DOS (2) grados de equiparación reconocidos en dichos contratos.

Que por la normativa mencionada en el artículo precedente se podrá adicionar la propuesta que efectuó el órgano selector, es decir grado...

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