Resolución 538/2011

Fecha de la disposición30 de Mayo de 2011

Lunes 30 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.159 12

CONSIDERANDO:

Que la Ley N'º' 25.054 en su artÃculo 8'º establece que la autoridad de aplicación de la norma es la DIRECCION NACIONAL DE DEFENSA CIVIL, o el Organismo que en el futuro la reemplace.

Que el Decreto N'º' 1067/2004 transfirió la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS a la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, con sus estructuras organizativas y funciones.

Que de acuerdo a las misiones y funciones aprobadas en la estructura organizativa contemplada en el Decreto N'º' 1697/2004, corresponde a la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL de la SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD, regular y fiscalizar la actividad de bomberos voluntarios en los términos de la Ley N'º' 25.054 y sus modificatorias.

Que la Ley N'º' 25.054 en su artÃculo 9'º establece que la autoridad de aplicación de la norma deberá controlar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artÃculo 7'º del mismo cuerpo legal, y las disposiciones que se establezcan a efectos de otorgar, suspender o retirar el reconocimiento de las Entidades de Bomberos Voluntarios.

Que la Resolución del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS N'º' 420/2003 ha creado el REGISTRO DE ENTIDADES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES de carácter voluntario y de servicio gratuito, que posean personerÃa jurÃdica a nivel nacional o provincial y tengan por objeto desarrollar actividades relacionadas con la protección civil de la población.

Que el informe producido por la DIRECCION DE CONTROL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y DE COORDINACION DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONGs) dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL, da cuenta de que los antecedentes reunidos en las actuaciones respecto de la entidad denominada CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LOS QUIRQUINCHOS, de la PROVINCIA DE SANTA FE, satisfacen los requisitos formales dándose cumplimiento a las disposiciones contenidas en el artÃculo 4'º de la mencionada Resolución, en cuanto a que la institución tiene personerÃa jurÃdica a nivel nacional, habiendo acompañado, asimismo, el documento de constitución, el estatuto reglamentario de la organización y acta de asamblea de elección de autoridades con mandatos vigentes.

Que, en consecuencia, la institución debe ser reconocida con ajuste al contenido del artÃculo 9'º de la Ley N'º' 25.054.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la medida que se dispone, encuadra en la Ley N'º' 25.054 y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Reconócese a la entidad denominada CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LOS QUIRQUINCHOS, de la PROVINCIA DE SANTA FE, en el marco de la Resolución del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS N'º' 420/2003, asignándose el Legajo N'º' 620 del REGISTRO DE ENTIDADES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES de carácter voluntario y servicio gratuito para desarrollar actividades relacionadas con la protección civil de la población.

Art. 2

'º — Extráiganse copias de las partes pertinentes de las presentes actuaciones a fin de conformar el legajo institucional.

Art. 3

'º — Hágase saber al representante de la entidad denominada CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LOS QUIRQUINCHOS, de la PROVINCIA DE SANTA FE, y para conocimiento de sus miembros, el contenido de la Resolución del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS N'º' 420/2003.

Art. 4

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archÃvese. — AnÃbal F. Randao.

Comisión Técnica Mixta del Frente MarÃtimo PESCA Resolución 3/2011

Modificación del área de veda de la especie merluza (Merluccius hubbsi).

Montevideo, 24/5/2011

Norma modificando el área de veda precautoria de otoño para la especie merluza (Merluccius hubbsi) en un sector de la Zona Común de Pesca VISTO:

La Resolución 1/11 de esta Comisión de fecha 29 de marzo de 2011.

CONSIDERANDO:

1) Que la citada Resolución establece un área de veda precautoria de otoño para la especie merluza (Merluccius hubbsi), en el sector de la Zona Común de Pesca comprendido entre los puntos geográficos allà detallados, quedando prohibida su captura como asà también el uso de artes de arrastre de fondo dirigidas a especies demersales, desde el 1de abril al 30 de junio de 2011 inclusive.

2) Que como resultado de la información obtenida en la Campaña Conjunta recientemente realizada por el B/P Aldebarán (Cr. AL. 2011-02) con el objeto de verificar la distribución de las...

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