Resolución 279/2020

Fecha de publicación29 Junio 2020
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2020

VISTO el EX-2020-10291543- -APN-MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 1/5 del IF-2020-12192410-APN-DNRYRT#MPYT del expediente principal, y en las páginas 3/35 del IF-2020-13943509-APN-MT del EX-2020-13920177-APN-MT que tramita conjuntamente con el expediente principal, obran respectivamente, el acuerdo y las escalas salariales, celebrados entre la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UOMRA), por la parte sindical, y la FEDERACIÓN DE CÁMARAS INDUSTRIALES DE ARTEFACTOS PARA EL HOGAR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FEDEHOGAR), la CÁMARA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA METALÚRGICA ARGENTINA (CAMIMA), la ASOCIACIÓN DE FÁBRICAS ARGENTINAS TERMINALES ELECTRÓNICAS (AFARTE), la CÁMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL ALUMINIO Y METALES AFINES (CAIAMA) y la ASOCIACIÓN DE FÁBRICAS ARGENTINAS DE COMPONENTES (AFAC), por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través de los referidos instrumentos las partes pactan nuevas condiciones salariales con vigencia a partir del 1° de marzo de 2020, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que en las páginas 1/2 del IF-2020-15660544-APN- DNRYRT#MPYT del expediente principal, obra el acuerdo, celebrado entre las mismas partes preindicadas, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del referido instrumento las partes acuerdan la base de cálculo para la negociación salarial que se inicie a partir de abril 2020, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que mediante acta complementaria obrante en el IF-2020-15378423-APN-DNRYRT#MPYT del EX-2020-13920177- -APN-MT que tramita en forma conjunta con el principal, las partes aclaran que la fecha de celebración de los acuerdos fue el 20 de febrero de 2020.

Que los instrumentos negociales preindicados han sido ratificados por la ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES METALÚRGICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ADIMRA), mediante acta obrante en el IF-2020-17822084-APN-DNRYRT#MPYT del expediente principal.

Que asimismo, la ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES METALÚRGICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ADIMRA) ha suscripto las escalas salariales obrantes en páginas 3/35 del IF-2020-13943509-APN-MT del...

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