Resolución 311/2011

Fecha de la disposición13 de Mayo de 2011

Viernes 13 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.149 11

RESOLUCIONES SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa y Pesca EMERGENCIA AGROPECUARIA Resolución 311/2011

Dase por prorrogado el estado de emergencia agropecuaria en determinados Partidos de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de la aplicación de la Ley N'º' 26.509

Bs. As., 10/5/2011

VISTO el Expediente N'º' S01:0073958/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N'º' 26.509 y su Decreto Reglamentario N'º' 1712 del 10 de noviembre de 2009, el Acta de la reunión ordinaria de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 15 de marzo de 2011, y CONSIDERANDO:

Que la Provincia de BUENOS AIRES, a través del dictado del Decreto N'º' 139 de fecha 1 de marzo de 2011, prorroga el estado de desastre agropecuario por fenómenos climáticos adversos en los Partidos de Villarino, Tornquist, Adolfo Alsina, BahÃa Blanca y Coronel de Marina Leonardo Rosales, desde el 1 de enero de 2011 al 30 de junio de 2011.

Que los Partidos de Villarino, Tornquist,

Adolfo Alsina y Coronel de Marina Leonardo Rosales habÃan sido declarados en estado de desastre agropecuario por sequÃa a nivel nacional mediante la Resolución N'º' 136 de fecha 27 de abril de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, mientras que el Partido de BahÃa Blanca fue declarado en estado de desastre agropecuario a través de la Resolución N'º' 331 de fecha 10 de septiembre de 2010 del citado MINISTERIO.

Que la Provincia de BUENOS AIRES presentó ante la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS en la reunión ordinaria del 15 de marzo de 2011, la correspondiente solicitud para que se prorrogue dentro de los términos de la Ley N'º' 26.509 la situación de desastre agropecuario indicado en el primer considerando, aclarando que los “fenómenos climáticos adversos” deben entenderse como sequÃa.

Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS ha analizado la situación ocurrida en las explotaciones provinciales y entiende que corresponde prorrogar el estado de desastre agropecuario por sequÃa, a fin de la aplicación de las medidas previstas en la Ley N'º' 26.509 para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones afectadas.

Que es necesario establecer el perÃodo por el cual se extenderán los actuales ciclos productivos de las actividades afectadas a efectos de otorgar los beneficios contemplados en los ArtÃculos 22 y 23 de la Ley N'º' 26.509.

Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS ha establecido que los ciclos de las producciones afectadas en la solicitud de la Provincia de BUENOS AIRES finalizarán el 31 de diciembre de 2011 para las actividades de las zonas indicadas en el citado Decreto N'º' 139/11.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la...

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