Resolución 156/2011

EmisorSecretaria de Energia
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2011

Viernes 6 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.144 17 atención a que el objetivo esencial que se ha propuesto esta Superintendencia es el contar con la información más completa posible respecto de la ejecución de los aludidos Programas de Prevención.

Que la Gerencia de Asuntos JurÃdicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros.1615/96 y 1034/09,

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD RESUELVE:

ARTICULO 1

'° — Prorrógase el plazo establecido en el artÃculo 2'° de la Resolución N'° 229/11.

SSSALUD hasta el 31 de mayo de 2011.

ARTICULO 2

'° — RegÃstrese, notifÃquese a las Obras Sociales receptoras de auxilios financieros para la implementación y ejecución de Programas de Prevención en el marco de lo dispuesto por la Resolución N'° 806/07-SSSALUD, comunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archÃvese. — Dr. RICARDO E. BELLAGIO, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.

e. 06/05/2011 N'º' 50834/11 v. 06/05/2011 BANCO DE LA NACION ARGENTINA SUBGERENCIA GENERAL DE FINANZAS ANALISIS Y PROGRAMACION FINANCIERA El Banco de la Nación Argentina hace saber, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 1'° del decreto 13.477/56, que las tasas de interés vigentes en las operaciones de descuento en gral. a partir de las fechas que en cada caso se indican, son las siguientes (todas equivalentes entre sÃ):

Asimismo hace conocer que los préstamos con caución de certificados de obras se instrumentan por vÃa de adelantos en cuentas corrientes en los cuales los intereses se “perciben por periodo mensual vencido, aplicándose la tasa Activa de Cartera General NOMINAL ANUAL VENCIDA que se detalla más arriba.” Por niveles anteriores ver el BoletÃn Of. N'° 32.122 del dÃa 04-Abr-11 página Nro. 26

Los niveles vigentes de estas tasas pueden consultarse al pie de la página www.bna.com.ar MARISA E. GARRO, Jefe de División - 8132. — ALEJANDRO ENRIQUE LARREA, 2do. Jefe Dpto. 1885.

e. 06/05/2011 N'º' 51435/11 v. 06/05/2011 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE ENERGIA Resolución N'° 155/2011

Bs. As., 27/4/2011

VISTO el Expediente N'° S01:0324306/2010 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que la EMPRESA JUJEÑA DE SISTEMAS ENERGETICOS DISPERSOS SOCIEDAD ANONIMA (EJSEDSA) solicitó su habilitación como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), para su central hidroeléctrica de SIETE MEGAVATIOS (7 MW) de potencia nominal instalada, denominada CENTRAL HIDROELECTRICA REYES, con localización en el kilómetro 20 de la Ruta Provincial N'° 4, Localidad de TERMAS DE REYES, Provincia de JUJUY, vinculada a instalaciones existentes en TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) pertenecientes a la EMPRESA JUJEÑA DE ENERGIA SOCIEDAD ANONIMA (EJESA), a su vez conectada a barras de la Estación Transformadora JUJUY SUR, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA (TRANSNOA S.A.).

Que resulta aplicable el Punto 3 del Anexo 17 de los “Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios” (LOS PROCEDIMIENTOS), establecidos por la Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA N'° 61 de fecha 29 de abril de 1992, sus modificatorias y complementarias.

Que se cuenta con la documentación exigible por la normativa, como asimismo la aprobación de la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) respecto de la administración de las transacciones económicas.

Que la EMPRESA JUJEÑA DE SISTEMAS ENERGETICOS DISPERSOS SOCIEDAD ANONIMA (EJSEDSA) con respecto a su CENTRAL HIDROELECTRICA REYES dió satisfacción a las exigencias de la normativa ambiental.

Que mediante la promulgación del Decreto N'° 6057 de fecha 12 de julio de 2010 de la Provincia de JUJUY, la mencionada Provincia asume las responsabilidades que derivan del dictado y control de la aplicación de las Normas de Seguridad de Presas, de Manejo de Aguas y de Protección del Ambiente aplicables a la CENTRAL HIDROELECTRICA REYES, por lo cual mantendrá indemne al ESTADO NACIONAL de todo reclamo que se origine en forma directa o indirecta por acciones u omisiones en el dictado, supervisión, control, aplicación y ejecución de tales normas.

Que la solicitud de ingreso de la EMPRESA JUJEÑA DE SISTEMAS ENERGETICOS DISPERSOS SOCIEDAD ANONIMA (EJSEDSA) al MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) en calidad de AGENTE GENERADOR para la CENTRAL HIDROELECTRICA REYES se publicó en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA N'° 32.040 de fecha 2 de diciembre de 2010 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.

Que en tanto la EMPRESA JUJEÃA DE...

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