Resolución 271/2015

Fecha de disposición27 Julio 2015
Fecha de publicación30 Julio 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33182



MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Resolución 271/2015Bs. As., 27/07/2015

VISTO el Expediente N° S05:0025111/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, tiene entre sus objetivos la coordinación y control de la operatoria referida a la matriculación y fiscalización de las personas físicas y jurídicas que intervengan en el comercio y la industrialización de las distintas cadenas agroalimentarias.

Que por medio de la Resolución N° 302 de fecha 15 de mayo de 2012 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se creó en el ámbito de la citada Secretaría el REGISTRO ÚNICO DE OPERADORES DE LA CADENA AGROALIMENTARIA (RUCA), en la cual se establecen los requisitos y formalidades para la matriculación y fiscalización que deberán cumplir las personas físicas y jurídicas cuya actividad sea la comercialización y/o la industrialización de productos y subproductos que conforman la cadena comercial agroalimentaria.

Que entre las acciones de la mencionada Secretaría, se encuentra la de seguimiento y monitoreo de los mercados y la comercialización, en todas sus modalidades, de los productos y subproductos agroalimentarios, y sobre los agentes que los comercializan e industrializan, incluidos en el citado Registro.

Que el Decreto N° 1.937 de 22 de octubre de 2014 reconoció a la ASOCIACIÓN CIVIL BOLSA DE COMERCIO DEL CHACO, el carácter de Bolsa de Cereales, Oleaginosas, Algodón y Afines, constituyendo por lo tanto, un ámbito natural del negocio algodonero.

Que la evolución del proceso de producción y comercialización del algodón debe estar acompañado por mecanismos que establezcan un pie de igualdad entre compradores y vendedores, correspondiendo asimismo que esos mecanismos deban ser de conocimiento público y que cualquier eslabón del sistema productivo algodonero tenga acceso a tal información, estableciéndose de esta forma una igualdad de acceso a la información, sin distinción entre grandes y pequeños participantes de la cadena de comercialización.

Que la creación de un sistema de información del mercado de algodón, contemplando las particularidades de los diferentes productos y subproductos y sus modalidades de contratación, en el que todas las operaciones comerciales queden registradas y puedan ser visualizadas por el productor, vendedor y comprador de algodón, permitirá contar con un medio de información transparente, como herramienta informativa para interactuar en el mercado.

Que el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA siempre consideró en forma positiva toda medida tendiente a generar mecanismos que permitan obtener mayor transparencia en los mercados, siendo la difusión masiva de las operaciones y el acceso público a la información un elemento que fija las bases para una equitativa competitividad.

Que actualmente no existe un precio de referencia con las características necesarias para conformar un mercado transparente, y hasta el presente no hay bolsas que registren las operaciones.

Que la comercialización de fibra de algodón, a diferencia de los granos y oleaginosas, presenta características particulares derivadas fundamentalmente de sus condiciones de calidad ya que el sistema de clasificación es totalmente subjetivo.

Que los análisis “High Volume Instrument” (HVI) aún no están incorporados a dicha clasificación y se usan principalmente para determinar calidad hilandera y definir premios y castigos al precio de la fibra, pero no del algodón bruto.

Que la falta de un precio de referencia transparente favorece la distorsión de factores competitivos de la cadena algodonera, generando un disvalioso marco de incertidumbre que perjudica, principalmente, a los productores algodoneros.

Que al no existir una...

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