Resolución 270.

Fecha de disposición04 Julio 2016
Fecha de publicación04 Julio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 270/2016

Bs. As., 23/06/2016

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-SEG N° 0003423/2016 del Registro de este Ministerio, las Leyes N° 25.363 y N° 22.520; los Decretos N° 13, de fecha 10 de diciembre de 2015; N° 15, de fecha 5 de enero de 2016; N° 342, de fecha 12 de febrero de 2016; la Decisión Administrativa N° 61, de fecha 15 de febrero de 2016; y el Convenio de Cooperación Técnica y Financiera N° 160, de fecha 1° de abril de 2014; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.363 establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL podrá autorizar a la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a celebrar convenios de cooperación técnica y financiera, en los términos y con los alcances establecidos en la Ley N° 23.283, con entidades públicas o privadas, sin costo alguno para el ESTADO NACIONAL y a fin de propender al mejoramiento y modernización de la infraestructura y métodos operativos del REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUÍMICOS.

Que, por otro lado, el Decreto N° 2477/2002, autorizó a la mencionada Secretaría a celebrar convenios de cooperación técnica y financiera en los términos y con los alcances establecidos en la Ley N° 23.283.

Que, con fecha 1° de abril de 2014, se suscribió, entre la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y la ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES Y COMERCIANTES DE ARTÍCULOS PARA CAZA Y PESCA (AICACYP), el Convenio de Cooperación Técnica y Financiera N° 160, con el objeto de propender al mejoramiento y modernización del REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUÍMICOS.

Que dicho Registro ha sido creado en el marco de la citada Secretaría, por el artículo 1° de la Ley N° 26.045.

Que por Resolución N° 200/2014 de la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, se aprobaron las aperturas inferiores de la mencionada Secretaría, desprendiéndose la dependencia del REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUÍMICOS de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO, ANÁLISIS TÉCNICO Y CONTROL DEL USO DE PRECURSORES QUÍMICOS.

Que, con posterioridad, el Decreto N° 13/2015 estableció que le compete al MINISTERIO DE SEGURIDAD entender en el REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUÍMICOS.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 15/2016 se transfirió la...

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