Resolución 27.

Fecha de disposición05 Julio 2016
Fecha de publicación05 Julio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 27/2016

Bs. As., 29/06/2016

VISTO el Expediente N° S02:0030987/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.653 dispone que el ESTADO NACIONAL debe impedir acciones oligopólicas, concertadas o acuerdos entre operadores y/o usuarios del transporte, que tiendan a interferir el libre funcionamiento del sector. Asimismo, el artículo 5° de dicha ley facultó a la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE, en su carácter de Autoridad de Aplicación del régimen, a coordinar las relaciones entre el poder público y los sectores interesados, y a requerir y promover la participación de entidades empresarias y sindicales en la propuesta, desarrollo de políticas y acciones atinentes al sector.

Que en el mismo sentido, el Decreto N° 1.035 de fecha 14 de junio de 2002, reglamentario de la Ley N° 24.653, establece en su Capítulo II "POLÍTICAS DEL TRANSPORTE DE CARGAS" que la elaboración e implementación de políticas en materia de transporte de cargas de jurisdicción nacional, tendrá como uno de sus objetivos, la participación de las entidades representativas del sector empresario y sindical a los fines de considerar sus opiniones y recomendaciones.

Que en función de ello, mediante la Resolución N° 8 de fecha 1° de abril de 2016, modificada por la Resolución N° 15 de fecha 5 de mayo de 2016, ambas de esta SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, se creó la MESA DE NEGOCIACIÓN PARTICIPATIVA como mecanismo para la determinación de la TARIFA DE REFERENCIA de manera transparente y consensuada, para el servicio del transporte automotor de carga de Jurisdicción Nacional de cereales, oleaginosas, afines, productos, subproductos y derivados, con el objeto de prevenir la competencia desleal.

Que dicha norma estableció que la MESA DE NEGOCIACIÓN PARTICIPATIVA estará integrada por: representantes de las siguientes cámaras de transportistas, representativas del sector empresarial del transporte automotor de cargas: FEDERACIÓN DE TRANSPORTADORES ARGENTINOS (FETRA), CONFEDERACIÓN ARGENTINA DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS (CATAC), y FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES EMPRESARIAS DEL AUTOTRANSPORTE DE CARGAS (FADEEAC); representantes de las siguientes entidades agrarias, representativas del sector empresarial de producción agraria: FEDERACIÓN AGRARIA ARGENTINA (FAA), CONFEDERACIÓN INTERCOOPERATIVA AGROPECUARIA LIMITADA (CONINAGRO), SOCIEDAD RURAL ARGENTINA...

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