Resolución 27.

Fecha de disposición01 Junio 2016
Fecha de publicación01 Junio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 27/2016

Bs. As., 26/05/2016

VISTO el Expediente N° S01:0360702/2010 del Registro del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, 915 de fecha 28 de junio de 2010 y 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y las Resoluciones Nros. 40 de fecha 17 de agosto de 2010 y 149 de fecha 19 de junio de 2014 ambas del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, 80 de fecha 18 de octubre de 2010, 150 de fecha 20 de julio de 2012, 129 de fecha 28 de agosto de 2013, 622 de fecha 6 de junio de 2014 y 1.431 de fecha 4 de diciembre de 2014 todas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado del Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se sustituyó el Artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, creando el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que mediante el Artículo 5° del Decreto N° 13/15 se sustituyó el Artículo 20 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, atribuyéndole competencias al citado Ministerio.

Que mediante el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel Subsecretaría del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, asignándole a la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del mencionado Ministerio, competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas, entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que mediante el Decreto N° 915 de fecha 28 de junio de 2010 fue creado el Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario con el objetivo de financiar obras de infraestructura intra y extramuros, facilitar la radicación y desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas en Parques Industriales Públicos.

Que mediante la Resolución N° 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA se reglamentó el Programa antes mencionado a efectos de instrumentar su operatoria y optimizar su funcionamiento.

Que posteriormente, la referida resolución fue modificada por la Resolución N° 149 de fecha 19 de junio de 2014 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA a los fines de agilizar, simplificar, facilitar y reorganizar su procedimiento.

Que a su vez, mediante la Resolución N° 80 de fecha 18 de octubre de 2010 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, fue aprobado el modelo de Convenio de Bonificación de Tasas entre la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que con fecha 29 de octubre de 2010 fue suscripto el Convenio entre las partes mencionadas en el considerando precedente.

Que por medio del citado Convenio, la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL se comprometió a bonificar los préstamos que el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA otorgue a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas declaradas elegibles en el marco del Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario.

Que mediante las Resoluciones Nros. 150 de fecha 20 de julio de 2012 y 129 de fecha 28 de agosto de 2013, ambas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA fueron aprobados DOS (2) modelos de Adenda al Convenio de Bonificación de Tasas antes mencionado, prorrogando en ambos casos su vigencia.

Que a su vez, mediante las Resoluciones Nros. 622 de fecha 6 de junio de 2014 y 1.431 de fecha 4 de diciembre de 2014 ambas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA fueron aprobados nuevos modelos de Adenda al Convenio en cuestión, realizando modificaciones adicionales.

Que con el objetivo de brindar continuidad a la operatoria la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS han estimado pertinente, entre otras reformas, realizar la prórroga del plazo de vigencia del mencionado Convenio.

Que en virtud de lo expuesto y atento a las modificaciones instauradas, corresponde adecuar el citado Convenio a fin de continuar alentando la bancarización y radicación en los Parques Industriales de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que en consecuencia, resulta procedente aprobar el documento modificatorio al Convenio a suscribirse entre la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, aprobado mediante la Resolución N° 80/10 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y el Decreto N° 357/02 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Apruébase el "DOCUMENTO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE BONIFICACIÓN DE TASAS - TEXTO ÚNICO Y ORDENADO CELEBRADO ENTRE LA EX SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL DEL EX MINISTERIO DE INDUSTRIA Y EL BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, ENTIDAD AUTÁRQUICA EN EL ÁMBITO DEL EX MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS", con fecha 12 de diciembre de 2014, aprobado por la Resolución N° 1.431 de fecha 4 de diciembre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, a suscribirse entre las partes mencionadas precedentemente, que como Anexo, en SEIS (6) cláusulas y Anexo I, con DIECISIETE (17) hojas forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. MARIANO MAYER, Secretario de Emprendedores y PyME, Ministerio de Producción.

ANEXO

DOCUMENTO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE BONIFICACIÓN DE TASAS - TEXTO ÚNICO Y ORDENADO CELEBRADO ENTRE LA EX SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL DEL EX MINISTERIO DE INDUSTRIA Y EL BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, ENTIDAD AUTÁRQUICA EN EL ÁMBITO DEL EX MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ....... días del mes de ............. de 2016, entre la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, en adelante LA SECRETARÍA, con domicilio en la Avenida Presidente Julio Argentino Roca N° 651, Piso 2°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el señor Secretario, Doctor Don Mariano MAYER (M.I. N° 25.745.179), y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, en adelante EL BANCO, con domicilio en la calle Bartolomé Mitre N° 326 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por el señor Presidente, Licenciado Don Carlos Alberto MELCONIAN (M.I. N° 12.599.862) por la otra parte, en conjunto LAS PARTES, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 24.467, modificada por la Ley N° 25.300, fue creado el Régimen de Bonificación de Tasas de Interés con el objetivo de favorecer al sector económico de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, en razón de las necesidades e importancia del mencionado sector en la economía nacional.

Que LA SECRETARÍA es la Autoridad de Aplicación del Régimen de Bonificación de Tasas de Interés, instituido por las mencionadas leyes.

Que dicho Régimen tiene como objeto tender a la disminución del costo del crédito que tenga como beneficiarias a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que el Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario, en adelante EL PROGRAMA, fue establecido con el objetivo, entre otros, de Facilitar la radicación de Pequeñas y Medianas Empresas y/o la ampliación de la capacidad de las ya instaladas, favoreciendo especialmente la actividad industrial en el seno de los Parques Industriales Públicos, Privados o Mixtos, conforme lo establece el Decreto N° 915 de fecha 28 de junio de 2010 y sus modificaciones.

Que mediante la Resolución N° 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, se aprobó la "REGLAMENTACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIALES PÚBLICOS EN EL BICENTENARIO".

Que con fecha 29 de octubre de 2010, LAS PARTES suscribieron un Convenio por medio del cual LA SECRETARÍA se comprometió a bonificar los préstamos que EL BANCO otorgará a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, y éste se obligó a otorgar préstamos bajo la normativa "Línea de Financiamiento de Inversiones de Actividades Productivas para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa - Reglamentación N° 400 - Condiciones Especiales Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos, con Tasa Bonificada por la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO...

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