Resolución 27/2023

Fecha de publicación24 Enero 2023
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2023

VISTO el Expediente EX-2022-118662477- -APN-GDYE#ENARGAS, la Ley N° 24.076, el Decreto N° 1738/92 y la Resolución N° RESFC-2020-94-APN-DIRECTORIO#ENARGAS; y

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 9° de la Ley N° 24.076 prevé que “Son sujetos activos de la industria del gas natural los productores, captadores, procesadores, transportistas, almacenadores, distribuidores, comercializadores y consumidores que contraten directamente con el productor de gas natural. Son sujetos de esta ley los transportistas, distribuidores, comercializadores, almacenadores y consumidores que contraten directamente con el productor”.

Que, se considera Comercializador a quien compra y venda gas natural por cuenta de terceros (Artículo 14).

Que este Organismo, en ejercicio de sus facultades, el 9 de marzo de 2020 dictó la Resolución N° RESFC-2020-94-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, mediante la cual, y en lo que aquí interesa, se aprobó el Reglamento de Comercializadores (IF-2020-12929142-APN-GDYE#ENARGAS) y sus respectivos Subanexos.

Que, allí se dispuso que “Se considera comercializador a toda persona jurídica de derecho público o privado que compra y vende gas natural y/o transporte de gas natural por cuenta y orden de terceros, y que ha sido reconocida expresamente como tal por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) e inscripta en el Registro de Comercializadores, con excepción de las Licenciatarias de Distribución y los Subdistribuidores. Las personas jurídicas de derecho público a que refiere el presente artículo podrán desarrollar la actividad cuando reciban gas natural como pago de regalías o servicios; en este caso, hasta el límite de lo que por tal concepto recibieren”.

Que, en el precitado Reglamento se habilitó dentro de la órbita de la Gerencia de Desempeño y Economía del ENARGAS el “Registro de Comercializadores” detallando en su Subanexo I los requisitos para solicitar inscripción como Comercializador.

Que, el Expediente del VISTO se inició a instancias de la solicitud de inscripción como Comercializador de Gas Natural en el REGISTRO DE COMERCIALIZADORES de TRANANGAS S.A., efectuada por los Sres. Fernando José Sarti y José Leonel Sarti, en calidad de apoderados de la sociedad.

Que, en tal sentido, conforme surge del análisis realizado mediante el Informe N° IF-2022-130239226-APN-GAL#ENARGAS, TRANANGAS S.A. cumplió con la totalidad de los requisitos establecidos en el Subanexo I de la Resolución N° RESFC-2020-94-APN-DIRECTORIO#ENARGAS que a continuación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR