Resolución 156/2011

EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Fecha de la disposición 6 de Abril de 2011

Miércoles 6 de abril de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.124 58

ROSARIO, con domicilio en la calle San Lorenzo N'º' 4137, Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT N'º' 5054/09.

ARTICULO 2

'º — Instrúyase sumario sanitario a la droguerÃa denominada CASA OTTO HESS S.A.

DELEGACION ROSARIO, con domicilio en la calle San Lorenzo N'º' 4137, Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y a quien ejerza la Dirección Técnica por presuntas infracciones al artÃculo 2'º de la Ley N'º' 16.463, al artÃculo 3'º del Decreto 1299/97 y a los artÃculos 1'º y 2'º de la Disposición ANMAT N'º' 5054/09.

ARTICULO 3

'º — RegÃstrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación.

ComunÃquese al Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, a las autoridades sanitarias provinciales y a las del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a las Cámaras y entidades profesionales correspondientes. ComunÃquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales de esta A.N.M.A.T. ComunÃquese al Departamento de Registro la medida adoptada a sus efectos. Dése al Departamento de Sumarios de la Dirección de Asuntos JurÃdicos a sus efectos. Cumplido, archÃvese. — Dr. OTTO A. ORSINGHER, Subinterventor, A.N.M.A.T.

e. 06/04/2011 N'º' 35391/11 v. 06/04/2011 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N'º' 1656, en relación con las entidades que se relacionan a continuación, SERVICIO INTEGRAL DE ASISTENCIA MEDICA VETERINARIA ASOCIACION MUTUAL matrÃcula N'º' B.A. 2633, expediente N'º' 1880/09;

DISPONGO : ArtÃculo 1'º. Dásele por decaÃdo el derecho dejado de usar, para presentar el descargo y ofrecer prueba en los términos del ArtÃculo 1'º inciso e) apartado 8'º del Decreto-Ley 19.549 (T.O. 1991). ArtÃculo 2'º Declárase la cuestión de puro derecho. ArtÃculo 3'º: Acuérdase a la causante el plazo de diez (10) dÃas, con más los plazos ampliatorios que por derecho corresponden en razón de la distancia, para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal, para que, de considerarlo pertinente, proceda a tomar vista de las actuaciones sumariales en los términos y a los efectos previstos por el ArtÃculo 60 del Decreto reglamentario N'º' 1759/72 (T.O. 1991). ArtÃculo 5'º: Cumplido lo cual, se llamará a autos para resolver. El presente deberá publicarse por TRES (3) dÃas en el BoletÃn Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el ArtÃculo 42 del Decreto Reglamentario N'º' 1759/72 (T.O 1991). — Fdo. Dra.

LILIANA E. BORTOLOTTI, Abogada, Instructora Sumariante, INAES.

e. 06/04/2011 N'º' 38974/11 v. 08/04/2011 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N'º' 1656, notifica, que la suscrita ha sido designada Instructora Sumariante por Providencia de la Secretaria de Contralor y asimismo hace saber que en mérito a lo establecido por la Resolución N'º' 4943/09 del Directorio del I.N.A.E.S. se ha resuelto instruir sumario a la ASOCIACION MUTUAL AFINIDAD, matrÃcula C.F. 2607, expediente N'º' 4452/09. De acuerdo a las normas en vigor se acuerda el plazo de DIEZ (10) dÃas, con más los plazos ampliatorios que por derecho corresponden en razón de la distancia, para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal, para que presenten su descargo y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (ArtÃculo 1'º inciso f) de la Ley 19.549) que comenzará a regir desde el último dÃa de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberán constituir domicilio en legal forma bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representantes legales (ArtÃculos 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario N'º' 1759/72 (T.O. 1991). Se hace saber a las autoridades del Consejo Directivo y a la Junta Fiscalizadora de las entidades mutuales, que, de no ser desvirtuadas las mentadas imputaciones de las resoluciones mencionadas, podrÃa recaer sobre las mismas la medida prescripta en el Art. 35 inciso b de la Ley 20.321, consistente en la inhabilitación temporal o permanente, para desempeñarse en los órganos establecidos por los estatutos, a las personas responsables de las infracciones. El presente deberá publicarse por TRES (3) dÃas en el BoletÃn Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el ArtÃculo 42 del Decreto Reglamentario N'º' 1759/72 (T.O 1991). — Fdo.: Dra. LILIANA E BORTOLOTTI, Abogada, Instructora Sumariante, INAES.

e. 06/04/2011 N'º' 38979/11 v. 08/04/2011 ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Resolución N'º' 150/2011

ACTA N'º' 1141

Expediente ENRE N'º' 2167/1996

Bs. As., 30/3/2011

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Aprobar el nuevo canon anual de PESOS NOVENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS QUINCE MAS I.V.A. ($' 95.867.615 + IVA) a partir del mes de julio de 2010, para el contrato COM correspondiente a la Cuarta LÃnea del sistema del Comahue. 2.- Instruir...

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