Resolución 1984/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2011

Lunes 4 de abril de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.122 31

ACTA ACUERDO AES ALICURA S.A. (Planta Salta) FATLYF En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 29 dÃas del mes de marzo de 2010, se reúnen la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza (FATLyF), con domicilio en Lima163 de esta ciudad, representada por los señores Guillermo Moser, en su carácter de Secretario Gremial, el Señor Santiago Romañach, en su carácter de Secretario Adjunto, en adelante denominados en forma conjunta e indistinta EL SINDICATO, por una parte, y por la otra parte, AES ALLICURA S.A., en adelante la EMPRESA, con domicilio en Román Subiza 1960, de la ciudad de San Nicolás de los Arroyos, provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el señor Fabián Carlos Giammaria, en su carácter de apoderado, todos ellos denominados en forma conjunta e indistinta LAS PARTES, quienes DECLARAN:

  1. Que las Partes han acordado un aumento en las remuneraciones y beneficios de los trabajadores que presten servicios en los establecimientos de la Empresa ubicados en Salta (Establecimiento Central Cabra Corral: Ruta Provincial N'º' 47 Km. 26, Coronel Moldes, Dpto. La Viña y Establecimiento Central El Tunal: Ruta Provincial N'º' 43 Camino de acceso El tunal, El Tunal,

    Dpto. Metan) encuadrados en el Acta Convenio de fecha 19-12-2006, los que integran el presente y permanecerán vigentes salvo que sean expresamente modificados en este acuerdo;

  2. Que la intención de las Partes es instrumentar el aumento antes mencionado, y presentar este acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación para su homologación;

  3. Que la presente declaración forma parte integrante del acuerdo.

    Por lo expuesto, LAS PARTES ACUERDAN:

    PRIMERO. Aumentos salariales.

    1.1 Aumento en los Sueldos Básicos: LAS PARTES acuerdan un aumento salarial con vigencia a partir del dÃa 1 de abril de 2010, inclusive, conforme al detalle que surge de la planilla salarial que se indica a continuación, la que reemplaza y sustituye la escala salarial prevista en el Acta Acuerdo de fecha 20 de marzo de 2009, conforme el siguiente detalle:

  4. Escala salarial anterior:

    CategorÃa Sueldo Básico marzo 2010

    A 2.006,40

    B 2.043,36

    C 2.083,28

    D 2.132,06

    E 2.169,02

  5. Escala salarial nueva:

    CategorÃa Sueldo Básico abril 2010

    A 2.367,55

    B 2.411,16

    C 2.458,27

    D 2.515,84

    E 2.559,45

    1.2 Aumento en el pago por antigüedad: LAS PARTES acuerdan aumentar a pesos quince ($' 15) el importe establecido en el ArtÃculo 15.2 pago por antigüedad del Acta Acuerdo de fecha 19 de diciembre 2006; dicho aumento tendrá vigencia a partir del dÃa 1 de abril de 2010 (Primero de abril de dos mil diez), inclusive. Se deja constancia que el importe por este concepto vigente al mes de marzo de 2010 para este pago ascendÃa a la suma mensual de Pesos diez ($' 10).

    1.3 Adicional Zona Inhóspita Salta: LAS PARTES acuerdan a partir de la vigencia de la presente que los trabajadores encuadrados en el ámbito de aplicación del Acta Convenio de fecha 19 de diciembre 2006 percibirán a partir del mes de 1 de abril de 2010 (Primero de abril de dos mil diez), inclusive, mientras dure su asignación efectiva en la zona de los Establecimientos Cabra Corral y El Tunal, un adicional remunerativo mensual, cuyo valor será determinado en el 13% (trece por ciento) del salario básico de la categorÃa C con independencia de la categorÃa de revista del trabajador. Esta suma se liquidará en los recibos de haberes bajo la denominación “Adicional Zona Inhóspita Salta”.

    SEGUNDO. Disposiciones finales.

    2.1 Todos y cada uno de los aumentos pactados en el ArtÃculo Primero de este Acta Acuerdo absorberán hasta su concurrencia a cualquier suma remunerativa y/o no remunerativa que pudiera resultar de aplicación en la Empresa y por razones ajenas a la voluntad colectiva de las Partes aquà plasmada y por la vigencia del presente Acuerdo, ya sea originada en normas heterónomas de rango legal o en su caso, decretos o disposiciones que se dicten para resultar de aplicación al personal convencionado del sector privado.

    2.2 Toda vez que el presente acuerdo modifica parcialmente acuerdos convencionales preexistentes, LAS PARTES solicitarán su homologación en los términos previstos en la Ley 14.250.

    En el lugar y fecha consignados en el encabezamiento de la presente se suscriben en prueba de conformidad (3) ejemplares iguales de 2 hojas, uno (1) para cada una de LAS PARTES y el tercero para ser presentado ante la autoridad de aplicación. Conste.

    % 31 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'° 1984/2010

    Registros N'° 1891/2010 y N'° 1892/2010

    Bs. As., 20/12/2010

    VISTO el Expediente N'° 168.765/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

    Que a fojas 108/113 del Expediente N'° 168.765/09 y a fojas 2/7 del Expediente N'° 170.209/10, agregado como foja 149 al Expediente N'° 168.765/09, obran dos acuerdos celebrados entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA y la empresa MASA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'° 14.250 (t.o. 2004).

    Que bajo el acuerdo obrante a fojas 108/113, las precitadas partes convienen un incremento salarial, sobre todas las categorÃas detalladas en el Anexo que acompañan.

    Que a fojas 2/7, del Expediente N'° 170.209/10, agregado como foja 149 al Expediente...

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