Resolución 267/2019

Fecha de publicación07 Agosto 2019
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2019

VISTO el Expediente EX-2018-45914477-APN-DMEYD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013 y 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del ESTADO NACIONAL aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APNAABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada por la MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL, Provincia de BUENOS AIRES, tendiente a obtener la cesión precaria y gratuita de un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción de esta Agencia, ubicado en la Avenida Ricardo Balbín Nº 4100, de la Localidad de SANTA MARÍA, Partido de SAN MIGUEL, de la Provincia de BUENOS AIRES, identificado catastralmente como Partido 131 – Circunscripción 2 - Parcela 179, vinculado al CIE N° 0600036491/1 y que cuenta con una superficie aproximada de DIECISIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (17.979,89 m2), conforme surge del croquis identificado como PLANO-2018-56236103-APN-DBBI#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Que la referida solicitud tiene por objeto desarrollar en un sector del inmueble el proyecto de un nuevo Centro de Salud, tendiente a satisfacer la demanda creciente de la ciudadanía en la zona oeste del Distrito de SAN MIGUEL, como también consolidar en el resto del predio, el uso que actualmente se le asigna, que es de espacio verde para la práctica deportiva y recreativa.

Que en función de las características de la obra, que se encuentra destinada a satisfacer el interés general, la MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL, manifestó su voluntad de comprar el inmueble objeto de las presentes actuaciones, a fin de consolidar en forma definitiva la obra en el lugar.

Que la MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL ha requerido que se le otorgue un permiso de uso para iniciar tareas vinculadas a la obra, mientras se instan los trámites de compra del inmueble en trato.

Que de la constatación practicada en el ámbito de esta Agencia, se verifica que en el inmueble existen dos sectores diferenciados: en el primero de ellos, el de mayor extensión, hay canchas para diferentes disciplinas deportivas, pileta y vestuarios, mientras que en el segundo se encuentran en inicio las obras pertinentes para el desarrollo del Centro de Salud.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/2012, se creó la AGENCIA...

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