Resolución 2001/2010
Emisor | Secretaria de Trabajo |
Fecha de la disposición | 30 de Marzo de 2011 |
Miércoles 30 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.119 44
'º â RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
'º â GÃrese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
'º â Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5'º de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).
'º â ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. â Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO Expediente N'º' 1.304.248/08
PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO SINDICATO ENCARGADOS APUNTADORES MARITIMOS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, FEDERACION MARITIMA, PORTUARIA Y DE LA INDUSTRIA NAVAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/ ESTIBAJE SAN PEDRO SOCIEDAD ANONIMA CCT N'º' 1154/10 âEâ 15/4/2009 $' 3.781,87 $' 11.345,61
Expediente N'º' 1.304.248/08
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2010
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 2000/10, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 670/10 T. â VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
% 44 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 2001/2010
Tope N'º' 665/2010
Bs. As., 20/12/2010
VISTO el Expediente N'º' 1.387.122/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 1819 del 25 de noviembre de 2010, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 4 y 5 del Expediente N'º' 1.387.122/10 obra la escala salarial pactada entre la UNION OBRERA MOLINERA y la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA MOLINERA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 66/89 âRama Molinos Harinerosâ, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).
Que la escala...
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