Resolución 2043/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición30 de Marzo de 2011

Miércoles 30 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.119 33

6. El presente acuerdo tendrá vigencia hasta el 30 de abril de 2011.

De conformidad con lo acordado, las partes suscriben tres copias del presente y se autorizan a presentar la misma al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

CICARELLI ACUERDO SALARIAL DESDE 1/7/ 2010 HASTA 31/4/2011

CATEG.

N'º VALOR 1/7/2010

VALOR al 1/9/2010 VALOR al 1/12/2010 VALOR al 1/2/2011 VALOR al 1/3/2011 VALOR al 1/4/2011

BASICOBASICO BASICO No Rem.

(5.5%) BASICO No Rem.

(5,5%) BASICO No Rem.

(5%) BASICO No Rem.

(5%) 1 $' 9,97 $' 9,97 $' 0,55 $' 9,97 $' 1,10 $' 11,07 $' 0,55 $' 11,07 $' 1,11 $' 12,17

2 $' 11,29 $' 11,29 $' 0,62 $' 11,29 $' 1,24 $' 12,53 $' 0,63 $' 12,53 $' 1,25 $' 13,79

3 $' 11,61 $' 11,61 $' 0,64 $' 11,61 $' 1,28 $' 12,89 $' 0,64 $' 12,89 $' 1,29 $' 14,18

4 $' 12,50 $' 12,50 $' 0,69 $' 12,50 $' 1,38 $' 13,88 $' 0.69 $' 13,88 $' 1,39 $' 15,26

5 $' 13,60 $' 13,60 $' 0,75 $' 13,60 $' 1,50 $' 15,10 $' 0,75 $' 15,10 $' 1,51 $' 16,61

6 $' 13,84 $' 13,84 $' 0,76 $' 13,84 $' 1,52 $' 15,36 $' 0,77 $' 15,36 $' 1,54 $' 16,90

7 $' 14,61 $' 14, 61 $' 0,80 $' 14,61 $' 1,61 $' 16,22 $' 0,81 $ 16,22 $' 1,62 $' 17,84 % 33 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 2043/2010

CCT N'º' 1179/2011 “E” Bs. As., 30/12/2010

VISTO el Expediente N'º' 1.411.969/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/26 del Expediente mencionado en el Visto, obra el convenio colectivo de trabajo de empresa, suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) por la parte gremial con la Empresa HONDA MOTOR DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, conforme lo dispuesto por la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo N'º' 14.250 t.o. (2004).

Que los agentes negociales establecen condiciones laborales para los trabajadores que desempeñen tareas en la planta industrial que la empresa HONDA posee en la localidad de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires.

Que el plexo normativo acompañado para la homologación, renueva el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º' 838/2007 “E”, convenio del que los agentes negociales resultan partes signatarias.

Que de las constancias de autos surge la personerÃa invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que en tal sentido, cabe destacar que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la actividad desarrollada por la empresa signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personerÃa gremial.

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantÃas contenidos en el marco normativo del derecho del trabajo encontrándose asimismo acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han ratificado a fojas 35/37 el contenido y firmas del convenio acompañado y cumplimentado el recaudo que establece el ArtÃculo 17 de la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que la AsesorÃa Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que con respecto a lo pactado por las partes en los artÃculos 4 y 5 del instrumento que por este acto se homologa, corresponde dejar constancia que se deberá estar a lo dispuesto en el artÃculo 19 de la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que por último corresponderÃa que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de realizar al cálculo del tope previsto por el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º' 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) por la parte gremial y la empresa HONDA MOTOR DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, obrante a fojas 3/26 del Expediente N'º' 1.411.969/10, conforme a lo dispuesto en la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el presente Convenio Colectivo de Trabajo de empresa obrante a fojas 3/26 del Expediente N'º' 1.411.969/10.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del ArtÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5 de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Traba...

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