Resolución 2050/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2011

Martes 29 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.118 44

ANEXO Expediente N'º' 1.397.232/10

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO SINDICATO DE EMPLEADOS TEXTILES DE LA INDUSTRIA Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/ SIMMONS DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL - Tope Administración, Fábrica - Sector Ventas CCT N'º' 1096/10 “E” 1/12/2010

1/2/2011

1/4/2011

1/7/2010

1/10/2010

1/2/2011 $' 2.456,67 $' 2.573,58 $' 2.748,25 $' 2.646,56 $' 2.914,89 $' 3.176,67 $' 7.370,01 $' 7.720,74 $' 8.244,75 $' 7.939,68 $' 8.744.67 $' 9.530.01

Expediente N'º' 1.397.232/10

Buenos Aires, 6 de enero de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 2048/10, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obraste en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 3/11

T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

% 44 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 2049/2010

Tope N'º' 4/2011

Bs. As., 30/12/2010

VISTO el Expediente N'º' 1.394.879/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 1783 del 12 de noviembre de 2010, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 5 del Expediente N'º' 1.394.879/10 obra la escala salarial pactada entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA (APUAYE), por el sector sindical y la empresa TERMOANDES SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 1135/10 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. N'º' 1783/10 y registrado bajo el N'º' 1717/10, conforme surge de fojas 21/23 y 26, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 34/36, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N'º' 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto N'º' 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar N'º' 628 del 13 de junio de 2005.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — FÃjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 1783 del 12 de noviembre de 2010 y registrado bajo el N'º' 1717/10 suscripto entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA (APUAYE), por la parte sindical y la empresa TERMOANDES SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — GÃrese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR