Resolución 297/2011

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición28 de Marzo de 2011

Lunes 28 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.117 17

ANEXO VI NOMINA DE ENTIDADES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS EXCLUIDAS SEGUN ARTICULO N'º' 21

PROVINCIA DE CORRIENTES - EMPEDRADO (incumplimiento ANEXO I artÃculos C y D) PROVINCIA DE ENTRE RIOS - JAIME DE LA FRONTERA (incumplimiento ANEXO I artÃculo C) PROVINCIA DEL NEUQUEN - LONCOPUE (incumplimiento ANEXO I artÃculos C y D) - FEDERACION NEUQUINA DE ASOCIACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE NEUQUEN (incumplimiento ANEXO I artÃculo E) PROVINCIA DE RIO NEGRO - RINCONADA DEL MALLÍN (incumplimiento ANEXO I artÃculo F) PROVINCIA DE SAN LUIS - SAN LUIS CAPITAL (incumplimiento ANEXO I artÃculos B, D y E) PROVINCIA DE TUCUMAN - MONTEROS (incumplimiento ANEXO I artÃculo F) PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO - FEDERACION PROVINCIAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE TIERRA DEL FUEGO,

ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR (incumplimiento ANEXO I artÃculos B, C y D).

% 17 % % 17 % Ministerio de Educación EDUCACION SUPERIOR Resolución 462/2011

Requisitos para la acreditación y el reconocimiento Oficial de TÃtulos incorporados al Régimen del artÃculo 43 de la Ley N'º24.521.

Bs. As., 16/3/2011

VISTO, los artÃculos N'º' 8'º, 9'º, 10 y 43 de la Ley de Educación Superior N'º' 24.521, el Acuerdo Plenario N'º' 93 del CONSEJO DE UNIVERSIDADES, de fecha 7 de diciembre de 2010, y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo previsto en el artÃculo 43 de la ley citada, los tÃtulos correspondientes a profesiones reguladas por el Estado cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes, se requerirá que se respeten, además de la carga horaria a que hace referencia del artÃculo 42 de dicha ley, los contenidos curriculares básicos, los criterios sobre intensidad de la formación práctica, asà como las actividades profesionales reservadas que establezca el MINISTERIO DE EDUCACION en acuerdo con el CONSEJO DE UNIVERSIDADES.

Que a la fecha han sido incorporados al régimen de dicho artÃculo, por Resoluciones Ministeriales N'º' 238/99, N'º' 535/99 y N'º' 1314/07 (Médico); N'º' 1232/01 (Ingenieros Aeronáutico, Ambiental, en Alimentos,

Civil, Eléctrico, Electromecánico, Electrónico, Mecánico, QuÃmico, en Petróleo, en Minas, Nuclear, en Materiales); N'º' 1054/02 (Ingenieros en Agrimensura e Industrial);

N'º' 254/03 y N'º' 566/04 (Farmacéutico y Licenciado en Farmacia); N'º' 254/03 y N'º' 565/04 (BioquÃmico y Licenciado en BioquÃmica); N'º' 254/03 y N'º' 334/03 (Ingeniero en AgronomÃa); N'º' 254/03 y N'º' 498/06 (Arquitecto); N'º' 254/03 y N'º' 1034/05 (Veterinario); N'º' 254/03 y N'º' 1413/08 (Odontólogo); N'º' 136/04 y N'º' 343/09 (Psicólogo y Licenciado en PsicologÃa); N'º' 13/04 (Ingeniero...

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