Resolución 263/2022

Fecha de publicación30 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO


Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2022

VISTO el Expediente EX-2022-41935640- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022 (texto ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM), el Convenio Marco de Colaboración suscripto entre la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO en fecha 18 de febrero de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada por la ASAMBLEA CRISTIANA ASOCIACIÓN CIVIL, por la que solicita a esta Agencia un permiso de uso precario y gratuito respecto de un sector del inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, perteneciente al Cuadro de Estación QUILMES CARGAS - Línea: ROCA - Ramal: R.81 de la Localidad y Partido de QUILMES, Provincia de BUENOS AIRES, sector sin catastrar, vinculado al CIE 0600074601/30 y que cuenta con una superficie aproximada de TRESCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS CON NOVENTA DECÍMETROS CUADRADOS (324,90 m2), según se detalla en el PLANO-2022-75339043-APN-DSCYD#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Que la solicitud referida tiene como objeto la relocalización de las instalaciones del templo actual en el sector del inmueble objeto de la presente medida, a los fines de continuar con la promoción y desarrollo de sus tareas de evangelización como así también la realización de otras actividades sociales y recreativas.

Que el predio que ocupa actualmente la Asociación fue transferido mediante Resolución Nº 129 (RESFC-2022-129-APN-AABE#JGM) de fecha 13 de junio de 2022, previa desafectación de la jurisdicción del MINISTERIO DE TRANSPORTE - ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, al FONDO FIDUCIARIO PÚBLICO denominado PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR (PRO.CRE.AR.) ello a fin de llevarse adelante un Desarrollo Urbanístico en el marco del mencionado programa de crédito.

Que la ASAMBLEA CRISTIANA ASOCIACIÓN CIVIL cuenta con personería jurídica conforme surge del certificado de vigencia expedido por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA. Asimismo, conforme surge del certificado de vigencia expedido por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE CULTOS - SECRETARÍA DE CULTO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO la organización religiosa denominada “ASAMBLEA CRISTIANA” se encuentra inscripta en dicha Dirección Nacional bajo el Nº 10 desde el año 1979.

Que del informe técnico, dominial y catastral elaborado por la DIRECCIÓN DE SANEAMIENTO CATASTRAL Y DOMINIAL de...

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