Resolución 134/2011

Fecha de la disposición23 de Marzo de 2011

Miércoles 23 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.116 10

Que el TEATRO NACIONAL CERVANTES,

Organismo Autárquico en la órbita de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha elevado una propuesta para contratar personal especializado, a fin de complementar y fortalecer la labor de esa jurisdicción, informando que para tal fin cuenta con los créditos disponibles en las partidas presupuestarias especÃficas.

Que dicha propuesta implica efectuar la mencionada contratación mediante el carácter de excepción a lo establecido en el inciso c) punto II del artÃculo 9'º del Anexo I del Decreto N'º' 1421/02.

Que la persona cuya contratación se propone reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado intervención.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artÃculo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del ArtÃculo 9'º del Anexo I al Decreto N'º' 1421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

ArtÃculo 1'º — AutorÃzase al TEATRO NACIONAL CERVANTES para contratar a la señora Andrea Beatriz PEREZ (DNI N'º' 23.809.891) equiparada al Nivel D - Grado 0 del Sistema Nacional de Empleo Público, por el perÃodo comprendido entre el 1'º de agosto y el 31 de diciembre de 2010, como Asistente de Recursos Humanos bajo el régimen del artÃculo 9'º del Anexo de la Ley N'º' 25.164, reglamentada por el Decreto N'º' 1421/02, con carácter de excepción a lo establecido en el inciso c) punto II del artÃculo 9'º del Anexo I de dicho decreto.

Art. 2

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — AnÃbal D. Fernández. — AnÃbal F.

Randazzo.

% 10 % % 10 % Ministerio de Agricultura, GanaderÃa y Pesca SANIDAD ANIMAL Resolución 134/2011

Apruébanse las Condiciones Sanitarias para Autorizar la Importación de Huevos de Gusanos de Seda a la República Argentina. Formularios.

Bs. As., 16/3/2011

VISTO el Expediente N'º' S01:0419614/2008 del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Resoluciones Nros. 492 del 6 de noviembre de 2001 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, 488 del 4 de junio de 2002, 816 del 4 de octubre de 2002, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto N'º' 1585 del 19 de diciembre de 1996 establece en su ArtÃculo 2'º que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, tiene como responsabilidad ejecutar las polÃticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal y vegetal, y verificar el cumplimiento de la normativa vigente en la materia.

Que el Anexo II de dicho decreto dispone que el mencionado Servicio Nacional tiene como uno de sus objetivos, la preservación y optimización de la condición zoosanitaria de la REPUBLICA ARGENTINA y lo faculta a establecer las exigencias sanitarias que deberán cumplirse para autorizar el ingreso a dicho paÃs de animales vivos y su material de multiplicación, asà como productos y subproductos derivados de los mismos.

Que debido al constante avance en el campo del conocimiento de las enfermedades de los animales y lo recomendado por los organismos sanitarios internacionales respecto a la comunicación de los requisitos sanitarios de importación, resulta necesario formalizar las exigencias sanitarias que deberán certificar las Administraciones Veterinarias de los PaÃses Exportadores, para amparar el envÃo de huevos de gusanos de seda (Bómbyx mori L) a la REPUBLICA ARGENTINA.

Que por medio de la Resolución N'º' 818 del 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION, se facultó a la Dirección Nacional de Sanidad Animal del mencionado Servicio Nacional, por intermedio de su ex Coordinación de Cuarentenas,

Fronteras y Certificaciones, actual Dirección de Cuarentena Animal, a proponer modificaciones respecto de los requisitos zoosanitarios especÃficos que deben exigirse para autorizar la importación de animales vivos, su material reproductivo y productos cuya fiscalización y control sanitario es competencia del citado organismo.

Que en este sentido, la mencionada Dirección Nacional de Sanidad Animal propicia la modificación de los requisitos sanitarios que deben cumplirse para la importación a la REPUBLICA ARGENTINA, de huevos de gusanos de seda (Bómbyx mori L).

Que la citada Resolución N'º' 816/02 faculta a la ex Coordinación de Cuarentenas, Fronteras y Certificaciones, actual Dirección de Cuarentena Animal dependiente de la Dirección Nacional de Sanidad Animal, a establecer un perÃodo de consulta pública nacional e internacional, durante el cual pueden ser sometidos a comentarios los proyectos de modificación de los requisitos zoosanitarios de importación a la REPUBLICA ARGENTINA.

Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, abrió un proceso de consulta publica nacional e internacional por el cual fueron publicados en su página web, los requisitos sanitarios de importación de huevos de gusanos de seda (Bómbyx mori L), habiéndose recibido comentarios que, por su sustento técnico y razonabilidad fueron incorporados a la presente resolución.

Que se han tenido en cuenta para la elaboración de la presente resolución las consideraciones técnicas efectuadas por las distintas áreas del citado Servicio Nacional.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de conformidad con las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N'º' 438/92), y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Apruébanse las “CONDICIONES SANITARIAS PARA AUTORIZAR LA IMPORTACION DE HUEVOS DE GUSANOS DE SEDA (Bómbyx mori L) A LA REPUBLICA ARGENTINA”, el formulario “SOLICITUD DE IMPORTACION DE HUEVOS DE GUSANOS DE SEDA (Bómbyx mori L)”, el “CERTIFICADO VETERINARIO INTERNACIONAL - PARA AMPARAR LA IMPORTACION DE HUEVOS DE GUSANOS DE SEDA (Bómbyx mori L) A LA REPUBLICA ARGENTINA”, y la “PLANILLA DE REMISION DE MUESTRAS DE IMPORTACION DE HUEVOS DE GUSANOS DE SEDA (Bómbyx mori L) A LA REPUBLICA ARGENTINA” que como Anexos I, II, III y IV respectivamente, forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 2

'º — Los términos de la presente resolución serán de cumplimiento obligatorio para autorizar el ingreso a la REPUBLICA ARGENTINA de huevos de gusanos de seda (Bómbyx mori L).

Art. 3

'º — AutorÃzase al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a modificar los requisitos sanitarios aprobados por el ArtÃculo 1'º de la presente resolución, cuando condiciones técnico-cientÃficas asà lo ameriten.

Art. 4

'º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del dÃa siguiente al de su publicación en el BoletÃn Oficial.

Art. 5

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Julián A. DomÃnguez.

ANEXO I CONDICIONES SANITARIAS PARA AUTORIZAR LA IMPORTACION DE HUEVOS DE GUSANOS DE SEDA (Bómbyx mori L) A LA REPUBLICA ARGENTINA.

  1. ASPECTOS INTRODUCTORIOS.

    1. Función del SERVICIO NACIONAL DE SANIDADY CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en...

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