Resolución 262/2020

Fecha de publicación11 Agosto 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 10/08/2020

VISTO el Expediente EX-2020-40175234-APN-SSICYCJ#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.375, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 1268 del 24 de noviembre de 2017, y N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 26.375 se creó un FONDO DE RECOMPENSAS, en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD ESPECIAL PARA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, o a otra dependencia que la autoridad de aplicación determine, datos útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen determinantes para la detención de personas buscadas por la justicia que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.

Que el artículo 6° de la Ley N° 26.375 permite prorrogar o restablecer el ofrecimiento de recompensas que hubiesen sido dispuestas por resolución, por el plazo de DOCE (12) meses a partir de la fecha de la resolución que la establezca, pudiéndose prorrogar sin limitación o restablecer conforme lo considere la autoridad de aplicación.

Que ante EL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN RAFAEL, de la PROVINCIA DE MENDOZA a cargo del Dr. Eduardo Ariel PUIGDENGOLAS, y ante la Secretaría Penal a cargo del Dr. Carlos Ariel BOLDRINI tramitan las causas Nros. FMZ 42019612/2012, caratulada: “LEGAJO Nº 15 – IMPUTADO: LINARES GALLO, JORGE s/ LEGAJO DE INVESTIGACIÓN” y FMZ 42019612/2012, caratulada: “LEGAJO Nº 13 – IMPUTADO: SILVA JULITA, ALBERTO HORACIO s/ LEGAJO DE INVESTIGACIÓN”

Que el mencionado JUZGADO FEDERAL, mediante Oficios de fecha 29 de mayo del corriente año, ha manifestado que aún continua vigente la orden de captura de los prófugos Jorge LINARES GALLO y Alberto Horacio SILVA JULITA, así como también el interés de que continúe el ofrecimiento de las recompensas a los fines de lograr la aprehensión de dichos prófugos.

Que en ejercicio de la autorización legal mencionada y en atención a que se mantiene el interés en la obtención de información determinante para la detención de Jorge LINARES GALLO (D.N.I. N° 7.792.845) y Alberto Horacio SILVA JULITA (D.N.I. N°...

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