Resolución 2039/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2011

Lunes 21 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.114 47

Que mediante el texto convencional de marras, los agentes negociadores pactan para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 572/09 con excepción de los Organismos Provinciales de Vialidad de La Rioja, Salta, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tucumán, un incremento sobre el Sueldo Básico Profesional, dentro de los términos y lineamientos estipulados.

Que las partes signatarias del presente coinciden con las firmantes del Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 572/09.

Que los agentes negociadores acreditaron su personerÃa y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con el alcance de representación de la entidad empleadora signataria y de la asociación sindical firmante, emergente de su personerÃa gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la AsesorÃa Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que en atención al ámbito de aplicación personal del acuerdo a homologar, es menester dejar expresamente aclarado que no corresponde calcular y fijar base promedio de remuneraciones y tope indemnizatorio, respecto de los convenios colectivos de trabajo y acuerdos salariales aplicables a los trabajadores que se desempeñen en la actividad regulada por la Ley N'º' 20.320, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 53 de fecha 23 de enero de 2008.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º' 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES VIALES (F.A.T.VIAL) y el CONSEJO VIAL FEDERAL, que luce a foja 745 del Expediente N'º' 1.108.930/05, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a foja 745 del Expediente N'º' 1.108.930/05.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 572/09.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el ArtÃculo 5'º de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º' 1.108.930/05

Buenos Aires, 5 de enero de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 2037/10, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 745 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 19/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los tres (3) dÃas del mes de diciembre del año dos mil diez (2.010), siendo las trece horas (13.00' hs.), en el domicilio de la autoridad de aplicación, se reúnen, en representación de la parte empleadora, el Presidente del Comité Ejecutivo del CONSEJO VIAL FEDERAL: Ing. ARCANGEL JOSE CURTO, y en representación de la parte trabajadora, el Secretario General de la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES VIALES: Señor CARLOS ROBERTO BELTRAN, a los efectos de exponer sus posiciones en relación con el segundo tramo del acuerdo salarial correspondiente al año 2010 celebrado con fecha 2/6/2010.

En uso de la palabra la representación del Consejo Vial Federal manifiesta: Que luego de analizar sobre la situación salarial de los trabajadores viales comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 572/09, viene a dar cumplimiento a lo acordado en la reunión celebrada entre las partes con fecha 29/9/2010, ante la autoridad de aplicación. Atento a ello y conforme a lo dispuesto por la Asamblea Anual Ordinaria de Presidentes de los Organismos Provinciales de Vialidad, celebrada con fecha 25/11/2010, en la Ciudad de El Calafate, Provincia de Santa Cruz, cuya acta se adjunta en este acto, se resuelve ofrecer un incremento salarial del diez por ciento (10%) sobre el Sueldo Básico Profesional de la Clase I del Escalafón Vial de PESOS DOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($' 289,00) acordado en el primer tramo de la negociación (2/6/2010), lo que lleva al Salario Básico Profesional de la Clase I del Escalafón Vial, a la suma de PESOS TRESCIENTOS DIECIOCHO ($' 318,00), para regir en las...

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