Resolución 65/2006

EmisorSubsecretaria de Relaciones Laborales
Fecha de la disposición 1 de Febrero de 2007

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

Resolución Nº 65/2006

Registro Nº 367/2006

Bs. As., 5/6/2006

VISTO el Expediente Nº 59.355/97 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente Nº 1.146.083/05, glosado a foja 116 del Expediente Nº 59.355/97 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES (ALEARA) y la empresa HIPICA LANUS SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el mencionado acuerdo está concertado con sustento en los términos del Artículo 6 del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 371/99 "E", del que son sus signatarios.

Que, por el acuerdo arribado, se establece aumento salarial —con vigencia a partir del 1 de diciembre de 2005— respecto de la escala de retribución salarial para los trabajadores de la empresa representados por el gremio signante, acordada en oportunidad de celebrarse el referido Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 371/99 "E", vigente desde el 1 de diciembre de 1997.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que es menester indicar que tanto el ámbito territorial como el personal del texto convencional de marras se corresponden estrictamente con la actividad de la entidad empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR...

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