Resolución 54/2011

Fecha de la disposición17 de Marzo de 2011

Jueves 17 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.112 16

ANEXO I MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL HOMOLOGACION Unidad Organizativa Nivel SUBSECRETARIA DE COORDINACION Dirección General de Administración I (ex Dirección General de Coordinación Técnico Administrativa, Nivel I) % 16 % % 16 % SecretarÃa de Industria y Comercio PROMOCION INDUSTRIAL Resolución 54/2011

Declárase a una empresa comprendida en el Régimen establecido por el Decreto N'º 490/03.

Bs. As., 11/3/2011

VISTO el Expediente N'º' 013200/2005 del Registro del GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, y CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N'º' 19.640 se estableció un régimen especial fiscal y aduanero, para el ex TERRITORIO NACIONAL DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, con el fin de fomentar la actividad económica y asegurar de ese modo, el establecimiento permanente de la población argentina en la región.

Que en el marco del referido Régimen, se dictó el Decreto N'º' 479 de fecha 4 de abril de 1995 que permitió a las empresas industriales radicadas al amparo de la Ley N'º' 19.640 la sustitución de los productos incluidos en el proyecto originalmente aprobado.

Que posteriormente en el marco de las Leyes Nros. 19.640 y 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, se dictó el Decreto N'º' 490 de fecha 5 de marzo de 2003 por medio del cual se facultó a las empresas industriales, a radicarse o radicadas con proyectos en marcha (hayan sustituido o no sus productos en el marco del Decreto N'º' 479/95), a fabricar productos nuevos.

Que la firma CORADIR S.A., solicitó acogerse al Régimen del Decreto N'º' 490/03, por medio de un proyecto para la fabricación de C.P.U.

(unidades centrales de proceso) y monitores de computación y notebooks, en su planta fabril a localizar en la Ciudad de RÃo Grande,

Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Que la firma CORADIR S.A. presentó el mencionado proyecto en el marco de lo establecido en la Resolución N'º' 105 de fecha 14 de abril de 2003 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION, reglamentaria del Decreto N'º' 490/03.

Que el Gobierno de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, conforme constancia agregada a fojas 144/146 del expediente cabeza, ha opinado favorablemente respecto del proyecto presentado por la firma CORADIR S.A., para la fabricación de C.P.U. (unidades centrales de proceso), monitores color LCD, monitores color TRC, notebooks, Fuentes de Alimentación, y Motherboards en su planta fabril a localizar en la Ciudad de RÃo Grande, Provincia de TIERRA DEL FUEGO,

ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Que mediante el Expediente N'º' S01:

0288688/2005 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION agregado a foja 148 y el Expediente N'º' S01:0429253/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO agregado a foja 594 del expediente cabeza, la firma CORADIR S.A. ha dado cumplimiento a lo normado en el ArtÃculo 11 de la Resolución N'º' 105/03 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, reglamentaria del Decreto N'º' 490/03, en cuanto al requisito de publicar un extracto del proyecto presentado por TRES (3) dÃas en el BoletÃn Oficial y en UNO (1) de los diarios de mayor circulación en el paÃs.

Que por medio del Expediente N'º' S01:

0063800/2006 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, referido a un proyecto de radicación análogo al tratado en la presente resolución, agregado en copia autenticada a foja 167 del expediente citado en el Visto, la CAMARA ARGENTINA DE MAQUINAS DE OFICINA, COMERCIALES Y AFINES (CAMOCA), plantea oposición al otorgamiento de beneficios impositivos para la radicación de industrias informáticas en la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, respecto a la elaboración de CPU (computador, computadora o PC – en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8471.50.10) y computadoras de tipo portable (notebooks – en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8471.30.12), entre otros productos.

Que posteriormente, la Empresa CORADIR S.A. por medio del Expediente N'º' S01:0165363/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCION agregado a foja 522 del expediente cabeza, con fecha 4 de mayo de 2009 solicitó el desdoblamiento del proyecto de radicación a instalarse en su planta fabril a localizar en la Ciudad de RÃo Grande, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Que la Empresa CORADIR S.A. manifestó en la presentación referida ut supra que su pedido obedece a su interés de no demorar la puesta en marcha de la lÃnea de monitores para computadoras, entendiendo necesario peticionar dicho desdoblamiento y dejar pendiente la consecución del trámite de los demás productos hasta tanto se resuelva el tratamiento que se le dará.

Que por medio del Expediente N'º' S01:

0166644/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, referido a un proyecto de radicación análogo al tratado en la presente resolución, agregado en copia autenticada a foja 523 del expediente citado en el Visto, la CAMARA ARGENTINA DE MAQUINAS DE OFICINA, COMERCIALES Y AFINES (CAMOCA), plantea nuevamente oposición al otorgamiento de beneficios impositivos para la radicación de industrias informáticas en la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, incluyendo en esta presentación la producción de monitores de computación.

Que con el objeto de acreditar la existencia de producción continental a los fines de lo prescripto en el ArtÃculo 5'º del Decreto N'º' 490/03, a fojas 539/540 del expediente cabeza, se remitió a la CAMARA ARGENTINA DE MAQUINAS DE OFICINA, COMERCIALES Y AFINES (CAMOCA) una carta intimándola para que dentro del plazo de DIEZ (10) dÃas de recibida la misma informe sobre la existencia de empresas productoras de monitores de computación en el...

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