Resolución 2602/2019

Fecha de publicación30 Junio 2021
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorSECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2019

VISTO el Ex 2019 00643432 APN DGDMT # MPYT, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que en páginas 3 a 7 del IF 2019 00709444 APN DGDMT # MPYT, obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (F.A.T.L. y F) y el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE LA ZONA DEL PARANÁ por la parte gremial y la empresa NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empleador, de los autos citados en el VISTO, conforme la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido incrementos salariales, el pago de una suma de carácter remunerativo, cuya vigencia opera a partir del día 01 de Noviembre de 2018, con las consideraciones obrantes en el texto al cual se remite.

Que el ámbito de aplicación del acuerdo celebrado, se corresponde con la representatividad del sector empresario firmante y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente por ante esta Cartera de Estado.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-35-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo en páginas 3 a 7 del IF 2019 00709444 APN DGDMT # MPYT, celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (F.A.T.L. y F) y el SINDICATO DE LUZ Y...

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